Política

JEE abre proceso contra José Jerí por presunta infracción a la neutralidad electoral a favor de Somos Perú

El JEE Lima Centro 1 evalúa si las declaraciones del presidente José Jerí en una entrevista televisiva vulneraron el principio de neutralidad durante el periodo electoral. El informe de fiscalización sostiene que el mandatario habría destacado a Somos Perú, organización de la que es afiliado, en pleno proceso hacia las elecciones 2026.

El JEE Lima Centro 1 evalúa si José Jerí favoreció a Somos Perú en plena campaña rumbo a las elecciones 2026. Foto: Presidencia
El JEE Lima Centro 1 evalúa si José Jerí favoreció a Somos Perú en plena campaña rumbo a las elecciones 2026. Foto: Presidencia

El JEE Lima Centro 1 abrió un proceso para determinar si el presidente José Jerí infringió la neutralidad electoral al emitir declaraciones que habrían favorecido a Somos Perú durante una entrevista televisiva. El hecho se produjo en noviembre, en medio del proceso rumbo a las elecciones 2026, según un informe de fiscalización remitido al jurado.

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El documento del JNE concluye que Jerí hizo referencias positivas hacia su partido político durante el programa “El valor de la verdad”, lo que podría constituir un acto que influya en la intención de voto de los electores. La fiscalización remarca que el mandatario participó en el espacio mediático en su calidad de presidente, condición que refuerza la obligación de imparcialidad.

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El JEE Lima Centro 1 abrió una investigación contra Jerí por presunta infracción a la neutralidad política. Foto: difusión

El JEE Lima Centro 1 abrió una investigación contra Jerí por presunta infracción a la neutralidad política. Foto: difusión

La coordinadora de fiscalización, Wendolyne Zapata, también verificó registros oficiales que confirman que José Jerí continúa afiliado a Somos Perú y ha ejercido diversos cargos dentro de esa organización. Esta información refuerza la hipótesis de un beneficio electoral indirecto.

Con estos elementos, el caso fue elevado al pleno del JEE Lima Centro 1, que deberá decidir si corresponde iniciar un procedimiento sancionador contra el jefe de Estado por vulnerar las normas que regulan la conducta de autoridades en periodo electoral.

José Jerí habría favorecido a Somos Perú durante entrevista

El informe señala que las declaraciones de José Jerí durante la entrevista en Panamericana TV habrían constituido una forma de posicionamiento político a favor de Somos Perú. El mandatario calificó al partido como su “único amor político” y resaltó su papel en la gobernabilidad, expresiones que, según fiscalización, podrían incidir en el electorado.

La normativa revisada incluye la Ley Orgánica de Elecciones, el Reglamento de Propaganda Electoral y la Ley del Código de Ética de la Función Pública. Todos estos marcos coinciden en prohibir que autoridades usen su investidura para beneficiar movimientos políticos durante un proceso electoral. Según el informe, las frases del presidente se alinean con el tipo de infracción previsto en el artículo 32.1.2 del reglamento.

El documento agregó que el presidente no solo destacó cualidades de la agrupación, sino que reforzó su vínculo con el partido al recordar cargos internos que ocupó antes de llegar al Ejecutivo. Para la oficina de fiscalización, esta reiteración de identidad partidaria durante una entrevista nacional puede interpretarse como una estrategia de posicionamiento político que vulnera la obligación de neutralidad establecida para las más altas autoridades del país.

¿Qué dijo José Jerí en la entrevista?

En el informe del JNE, la oficina de fiscalización transcribió los pasajes en los que el presidente se refirió directamente a Somos Perú. Jerí declaró que el partido “siempre ha apoyado la gobernabilidad” y lo describió como su “único amor político”, en un contexto en el que también explicaba su trayectoria dentro de la agrupación. Para la fiscalización, estas expresiones constituyen un posicionamiento explícito hacia la organización política en pleno periodo electoral.

Las expresiones fueron consideradas relevantes porque no se produjeron en un acto partidario, sino en un programa televisivo de alta audiencia en el que Jerí participó investido como jefe de Estado. Eso, según el informe, implica un uso de su condición pública con potencial influencia en el electorado y podría configurar un acto de proselitismo indirecto a favor de Somos Perú en el marco de las elecciones 2026.

José Jerí: estás serían las consecuencias de probarse la infracción según reglamento del JNE

Si el JEE Lima Centro 1 determina que José Jerí vulneró el principio de neutralidad, el órgano electoral podría iniciar un procedimiento por infracción administrativa sustentado en el artículo 32.1.2 del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución 0112-2025-JNE. Esta disposición establece que constituye infracción “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato”.

También se toma en cuenta el artículo 33 del Reglamento, que define las condiciones para configurar la infracción. En el caso del presidente, la fiscalización sostiene que se cumple el literal b): una autoridad que, sin estar en una actividad oficial, invoca su condición para influir en la intención del voto. Para el JNE, basta con que una autoridad de alto rango haga declaraciones que posicionen a un partido en contexto electoral para activar una posible vulneración.

En términos de consecuencias, el sistema electoral no contempla sanciones penales ni destitución inmediata para un presidente en funciones. Sin embargo, el JEE sí puede emitir una declaración formal de infracción, una advertencia pública obligatoria, o incluso remitir antecedentes a otras entidades de control político, como el Congreso, debido a que el artículo 118 de la Constitución obliga al presidente a “cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones”. Un incumplimiento podría interpretarse como resistencia a un mandato electoral.

Además, una declaración de infracción por neutralidad puede afectar la legitimidad del Ejecutivo en plena campaña hacia las elecciones 2026, pues la LOE —artículos 346 y 347— exige imparcialidad absoluta a todas las autoridades del Estado.

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