Gobierno oficializa ley que amplía plazo para afiliarse de cara a las Elecciones Regionales y Municipales 2026
La norma, promulgada y publicada en El Peruano, introduce una medida excepcional que flexibiliza los requisitos de afiliación política y reabre el debate sobre las reglas electorales a pocos meses del inicio formal del proceso rumbo a las elecciones 2026.
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El Gobierno oficializó la ley que amplía de manera extraordinaria el plazo de afiliación a organizaciones políticas con miras a las elecciones 2026, específicamente para las elecciones regionales y municipales. La norma fue promulgada por el Ejecutivo y publicada en el diario oficial El Peruano, con vigencia inmediata tras su difusión.
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La disposición modifica la Ley Orgánica de Elecciones e incorpora una cláusula transitoria que permite, por única vez, que ciudadanos afiliados fuera de los plazos regulares puedan postular como candidatos en los comicios subnacionales del próximo año. El cambio impacta directamente en el calendario electoral y en las reglas de participación política.
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Desde el Congreso, la ampliación fue sustentada como una medida para no restringir la participación de nuevos cuadros políticos en los gobiernos locales y regionales. Sin embargo, el contexto en el que se aprueba —con el proceso electoral en marcha— ha generado cuestionamientos sobre la estabilidad de las normas de juego.
La aplicación de la ley queda ahora en manos de los organismos del sistema electoral, entre ellos el JNE, que deberá adecuar sus procedimientos para garantizar su implementación sin afectar la transparencia ni la legalidad del proceso rumbo a las elecciones 2026.
¿Qué cambios introduce la ley sobre afiliación política?
La norma incorpora una vigesimoprimera disposición transitoria a la Ley Orgánica de Elecciones y habilita, de forma excepcional, dos nuevos periodos de afiliación válidos para postular en las elecciones regionales y municipales de 2026. Esta flexibilización no se aplicará a otros procesos electorales.
El primer supuesto beneficia a ciudadanos que se hayan afiliado a una organización política entre el 8 de octubre de 2024 y el 7 de octubre de 2025, incluso si tuvieron afiliaciones previas. En estos casos, se les exonera del plazo mínimo de afiliación establecido en la Ley de Organizaciones Políticas.
El segundo grupo comprende a quienes se afilien entre el 8 de octubre de 2025 y el 7 de enero de 2026, siempre que no cuenten con una afiliación vigente al 8 de octubre de 2025. Esta condición busca evitar dobles militancias activas al cierre del padrón partidario.
Rol del JNE en la aplicación de la norma electoral
La ley dispone que el JNE, junto con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), reglamente su aplicación en un plazo máximo de 30 días calendario. Estas entidades deberán adecuar sus procedimientos internos para incorporar los nuevos plazos de afiliación establecidos por la norma.
Entre las tareas asignadas se encuentra la actualización de padrones de afiliación, la verificación de la situación partidaria de los ciudadanos y la definición de los mecanismos que permitan aplicar la disposición transitoria sin afectar el desarrollo del proceso electoral rumbo a las elecciones 2026.
La implementación de la ley se dará en paralelo al cronograma electoral ya aprobado, por lo que los organismos del sistema electoral deberán coordinar acciones para asegurar el cumplimiento de las reglas en las elecciones regionales y municipales, conforme a sus competencias y a los plazos previstos en la legislación vigente.






















