Política

JEE declara inadmisible lista de candidatos de Renovación Popular a la Cámara de Diputados y Parlamento Andino

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 y Lima Oeste 3 declaró inadmisibles las listas de candidatos de Renovación Popular por una serie de errores materiales. Tienen dos días para subsanar las observaciones realizadas.

Lista de candidatos de Renovación Popular fue declarada inadmisible. Foto: Composición/LR
Lista de candidatos de Renovación Popular fue declarada inadmisible. Foto: Composición/LR

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 y Lima Oeste 3 declaró inadmisible las listas de candidatos a diputados por Lima Metropolitana y al Parlamento Andino del partido Renovación Popular, que postula a Rafael López Aliaga como candidato presidencial en las Elecciones Generales 2026. Según el órgano electoral, los postulantes incurrieron en diversas omisiones, por lo que se les otorgó un plazo de dos días para subsanar los errores materiales.

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En primer lugar, abordemos la lista de aspirantes a la Cámara de Diputados del Congreso bicameral.

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De acuerdo con la Resolución N.º 00604-2025-JEE-LIO3/JNE, la actual congresista Norma Yarrow no adjuntó el cargo de licencia sin goce de haber. Por tal motivo, el JEE ordenó al personero legal presentar dicho documento debidamente sellado o firmado por la entidad correspondiente, es decir, el Congreso de la República. Según la normativa vigente, esta solicitud debe presentarse con una anticipación mínima de 60 días a la fecha de las Elecciones.

La misma ocurre en los casos de José Baella Malca y Aquelina Solórzano Espinoza, quienes declararon trabajar actualmente como personal de seguridad y coordinadora de la Municipalidad de Lima, respectivamente; sin embargo, no precisaron el régimen laboral al que pertenecen. Por tal motivo, ambos deberán presentar la correspondiente licencia sin goce de haber.

Otro caso es el de la candidata Roxana Rocha Gallegos, quien presentó dos inconsistencias al completar el Formato Único de la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV). El JEE precisó que Rocha adjuntó su solicitud de licencia sin goce de haber por desempeñarse como regidora de la MML; pero no consignó dicha información en el ítem “Experiencia de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones”.

De igual modo, el JEE sostiene que Rocha tampoco consignó información en la sección “Cargos de Elección Popular” del rubro IV de su Formato Único de la DJHV. Se advirtió una inconsistencia en su declaración jurada de participación en las Elecciones 2026, ya que registró su información el 20 de diciembre de este año, pero la confirmación del registro se realizó un día después.

Otro caso es el de Lida Valdivieso. El órgano electoral alertó que, en el ítem “Ingresos”, Valdivieso consignó que durante el año 2024 no percibió ingresos del sector público; sin embargo, en el rubro 2 del formato señaló que se desempeñó como regidora de la MML desde 2023 hasta 2025.

En tanto, el JEE advirtió que Jhony Bacón Terrones no completó correctamente el formulario, ya que no especificó la provincia ni el departamento correspondientes a su domicilio. De igual manera, se detectó que María Dulanto Guinea marcó de manera equivocada las opciones de “fórmula” y “diputados” de forma simultánea en su inscripción. En el caso de Olinda Salcedo, el órgano electoral informó que no consignó el nombre del partido político por el cual postula.

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Por otro lado, el JEE advirtió que, en el caso de las postulantes Maali del Pomar Saettone y Carla Aranda Ramírez, en sus cartas de renuncia no figura el sello de cargo de recepción de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

En el caso de Agusta Gamarra, el JEE dispuso que presente el cargo de la solicitud de licencia sin goce de haber, debido a que actualmente labora como profesora en un colegio. La misma exigencia se aplica a Jessica Urquiza, Josep Pacherres, Jorge Guillén Sivirichi, Rosana Remigio Blas, Doris Alzamora Chamorro y Víctor Mathews Paredes, quienes trabajan en la MML y en los municipios de Jesús María, San Borja, La Molina y Lurigancho-Chosica, respectivamente.

Por ello, el JEE otorgó dos días calendario a Renovación Popular para subsanar los errores. En el portal del JEE figura que el partido político ya subsanó los errores detectados. El órgano electoral deberá pronunciarse tras analizar los documentos registrados.

 Resolución sobre Renovación Popular y su lista al Parlamento Andino.

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