Congreso busca restringir el tránsito total de motocicletas en los distritos declarados en emergencia de Lima y Callao
La iniciativa parlamentaria incluye como medida que se prohíba que dos varones adultos y adolescentes no puedan circular juntos en un mismo vehículo de la categoría L1 y L3 en zonas críticas del estado de emergencia.
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La Comisión de Transporte y Comunicaciones del Congreso de la República aprobó un dictamen que busca restringir y/o suspender el tránsito de motocicletas en los distritos críticos de criminalidad durante la vigencia del estado de emergencia en las provincias de Lima y Callao. Esta iniciativa es un conglomerado de proyectos de ley de diferentes bancadas parlamentarias y dos municipalidades.
El grupo de trabajo encabezado por Juan Carlos Mori Celis indicó que la propuesta aprobada con 16 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones "fortalecerá la capacidad del Estado para intervenir en zonas críticas sin afectar el uso general de motocicletas en todo el país". El proyecto de ley aprobado podría pasar a debate en el Pleno en los próximos días.
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Ante ello, José Luis Huamán, presidente de la Asociación de Hermanos Motociclistas Unidos del Perú (AHMUP) indicó a La República que el dictamen vulnera los derechos constitucionales del libre tránsito. "Vamos a evaluar qué se puede hacer con la comisión de transporte o con los congresistas. Vamos a interponer una demanda de inconstitucionalidad si hay una sanción, porque existe un perjuicio".
Por su parte, Danny Mendoza, presidente de la Comunidad Motera del Perú, indicó a este medio que su gremio rechaza la medida por su naturaleza ''populista'' y cuestionó su efectividad. Además, fue crítico con el Gobierno: ''Si van a restringir el uso de motocicletas, mañana los delincuentes no van a robar con moto, van a robar con autos de alta gama. ¿Y qué van a hacer? ¿Van a prohibir también los autos de alta gama?''.
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Dos varones no podrán transitar en motocicleta
Según el dictamen, en el Capítulo V, de la Ley que regula el uso de las motocicletas ante la lucha contra la inseguridad ciudadana señala como medida excepcional "prohibir que dos varones adultos o adolescentes circulen juntos en motocicletas de las categorías L1 y L3", durante la declaratoria de estado de emergencia.
La medida solo se exceptuará cuando se trate del traslado de personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Cuerpo General de Bomberos, serenazgo municipal, medios de comunicación o actividades comerciales de reparto o mensajería. Además, esta salvedad también incluye a los familiares debidamente identificados y acreditados con el conductor.
El titular de AHMUP expresó que la norma va a perjudicar al ciudadano que se traslada en estos vehículos menores por temas de trabajo o familiares. "Tenemos una necesidad, por necesidad tenemos que llevar a alguien".
Sector de motoclistas protestará
El dirigente Danny Mendoza señaló que comprendía la medida planteada por la grave situación de la inseguridad ciudadana en la ciudad. Sin embargo, sostuvo que la disposición afecta el libre tránsito. "Estamos en desacuerdo ya que estas medidas populistas, sabemos que no van a funcionar", indicó, y agregó que se está discriminando a los moteros, que usan el vehículo para trabajar y salir adelante.
Mendoza anunció que el día sábado se llevará a cabo una marcha multitudinaria con ''cientos y cientos de motociclistas''. ''Vamos a estar a las 4 de la tarde en la avenida Salaverry en Campo de Marte y nos vamos a dirigir a Palacio de Gobierno. Vamos a buscar de todas las maneras posibles juntarnos con el presidente Jerí y darle algunas alternativas, como, por ejemplo, el cambio de placas'', manifestó.
Motorizados que incumplan ley podrán ser inhabilitados hasta 5 años
El dictamen aprobado por la comisión parlamentaria sostiene que en el artículo 15, sobre las sanciones que se aplicaría a los conductores de vehículos menores que incumplan las nuevas restricciones serán calificados de acuerdo a la gravedad de los hechos. Estos son:
- Multa económica conforme al cuadro de sanciones del Reglamento Nacional de Tránsito
- Retención de la licencia de conducir por un periodo de hasta 2 años en caso de reincidencia
- Inhabilitación para conducir y obtener licencia por un periodo de 5 años
La aplicación del reglamento estará a cargo de la PNP, como entidad competente para imponer las multas y sanciones correspondientes. Estas deberán ser remitidas a la autoridad administrativa de transporte para su ejecución, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento Nacional de Tránsito.
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