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Economía

Retiro CTS 2024: solo por este caso te podrán retener hasta el 30% de tus ahorros

A pesar de que la compensación por tiempo de servicio (CTS) sirve como un apoyo para los trabajadores desempleados, el Poder Judicial indica que solo por un motivo te podrán retener parte de este fondo de emergencia.

El Ministerio de Trabajo publicó el reglamento el último domingo 26 de mayo. Foto: Andina/LR
El Ministerio de Trabajo publicó el reglamento el último domingo 26 de mayo. Foto: Andina/LR

El Poder Judicial de Perú ha establecido una medida crucial que podría afectar a los padres con deudas alimentarias durante el retiro de su CTS (compensación por tiempo de servicios). A partir de este 2024, se procederá a la retención del 30% de los fondos retirados de los bancos para garantizar el cumplimiento de ciertas obligaciones judiciales.

Esta medida, anunciada por la jefa del Registro Nacional Judicial, Vicky Távara, busca implementar un mecanismo eficaz para la protección de los derechos de los niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad económica. Este esfuerzo se alinea con las políticas de justicia social y protección infantil del país.

Si retiro mi CTS, ¿en qué casos pueden retener una parte de mis ahorros?

La retención del 30% de los ahorros CTS se aplicará exclusivamente a aquellos padres que tengan deudas alimentarias registradas. Este proceso será supervisado por el Poder Judicial y se ejecutará mediante una demanda formal de alimentos. La retención se realiza con el objetivo de garantizar que los fondos retirados sean utilizados para el bienestar de los hijos menores de edad, quienes tienen derecho a recibir sustento económico de sus padres.

Es fundamental que los padres con deudas alimentarias estén al tanto de esta disposición, ya que el incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones adicionales y afectar el proceso de retiro de sus fondos. Además, esta medida asegura que los beneficiarios de las pensiones alimentarias reciban los recursos necesarios para su desarrollo y bienestar.

¿Cuándo podré retirar mi CTS?

El retiro de la compensación por tiempo de servicio (CTS) para el año 2024 está diseñado para facilitar el acceso a estos fondos, asegurando que los afiliados puedan disponer de sus ahorros de manera ordenada. Podrás retirar tu CTS a partir del lunes 27 de mayo de 2024, según la reciente aprobación del Congreso y la promulgación de la ley por el Poder Ejecutivo. Esta disposición estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, y permitirá a los trabajadores disponer libremente del 100% de los depósitos acumulados.

¿Cómo puedo retirar mi CTS?

A continuación, te adjuntamos los pasos que debes seguir para retirar tu CTS a partir de este lunes 27 de mayo.

  1. Verifica tu cuenta CTS: primero, asegúrate de conocer en qué banco o entidad financiera tu empleador ha realizado los depósitos de tú CTS. Puedes consultar al área de recursos humanos de tu empresa o revisar tu estado de cuenta.
  2. Accede a la plataforma del banco: ingresa a la plataforma en línea del banco en la que tienes depositada tú CTS. La mayoría de los bancos tienen aplicaciones móviles o sitios web donde puedes gestionar tus fondos.
  3. Solicita el retiro: dentro de la plataforma, busca la opción para retirar tu CTS. No necesitarás presentar ninguna solicitud especial, pero sí deberás especificar el monto que deseas retirar. En algunos casos, podrías hacerlo directamente desde un cajero automático si la entidad financiera lo permite.
  4. Cumplimiento de plazos: a partir del 27 de mayo de 2024, podrás realizar retiros de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2024, según las normas establecidas y aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo​.
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