Caso Unidad Popular: TC ratifica intangibilidad del cronograma de las Elecciones 2026
El procurador público del JNE consultó por medio de un escrito al TC si las últimas resoluciones del Poder Judicial comprometían las etapas electorales.
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El Tribunal Constitucional ratificó la intangibilidad del cronograma de las Elecciones 2026, es decir, las fechas y etapas previstas por el JNE no pueden ser modificadas ni suspendidas por decisiones judiciales. Esto en el marco del caso Unidad Popular, agrupación política representada por Duberlí Rodríguez, que quedó fuera de la contienda electoral al no lograr su inscripción dentro del plazo. Se investiga si hubo responsabilidades administrativas del JNE en ello.
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El 18 de noviembre último el procurador público del JNE solicitó por medio de un escrito "que se precise los alcances del auto cautelar” emitido el 7 de octubre de 2025 ante "hechos nuevos", en referencia a cuatro nuevas resoluciones del Poder Judicial emitidas entre octubre y noviembre.
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De acuerdo con el escrito, el procurador consideraba que dichas resoluciones podían "comprometer la intangibilidad del cronograma electoral, al disponer la continuación del proceso de amparo y la eventual emisión de sentencia".
El TC declaró improcedente porque excede su ámbito de competencia y, por tanto, no puede brindar precisiones al auto de medida cautelar que se ha emitido.
Asimismo, precisaron que las resoluciones que se emitan en el caso Unidad Popular no comprometen el cronograma electoral.
TC: resoluciones del PJ no comprometen el cronograma electoral
"La decisión cautelar emitida en autos se limitó a suspender el efecto de las siguientes resoluciones: i) la que declaró fundada la demanda; ii) la que dispuso la actuación inmediata de la sentencia; iii) la que declaró la nulidad de actuaciones del JNE; y, iv) las que impusieron sanciones y multas a los miembros del JNE y al Director Nacional del (ROP)", se lee.
En ese sentido, el órgano supremo precisó que el Poder Judicial no "ha incumplido ni desacatado la medida cautelar dispuesta en autos, por cuanto no ha emitido pronunciamiento alguno que comprometa el cronograma electoral".
"Se estableció expresamente en autos que la medida cautelar concedida, mantendrá sus efectos hasta que se emita sentencia definitiva en el presente proceso competencial, sin que quepa adoptar nuevas resoluciones que pudieran comprometer el desarrollo del cronograma electoral vigente", agrega el documento.
En caso el PJ eventualmente emita una resolución que comprometa las etapas electorales, el TC aseguró que "garantizará, oportunamente, el desarrollo de un proceso electoral democrático, transparente y respetuoso de la seguridad jurídica".























