Economía

Gobierno elimina obligación de aportar a trabajadores independientes a las AFP o la ONP

La nueva normativa mantiene la afiliación obligatoria solo para trabajadores dependientes, quienes deberán elegir su sistema previsional en un plazo de 10 días tras iniciar su labor.

Gobierno elimina obligación de aportar para independientes y ajusta el sistema previsional.
Gobierno elimina obligación de aportar para independientes y ajusta el sistema previsional. | Andina

El Gobierno aprobó un decreto supremo que introduce un cambio central en el sistema previsional peruano: los trabajadores independientes ya no estarán obligados a aportar a pensiones desde el año 2028, pasando a un esquema completamente voluntario.

La medida responde a las modificaciones establecidas por la Ley N.º 32445 —que también autorizó el retiro extraordinario de hasta 4 UIT de los fondos de AFP— y obliga a actualizar el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional (Ley N.º 32123) para adecuarlo al nuevo marco legal.

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En esa línea, el decreto Nº 061-2026-EF precisa que la afiliación obligatoria se mantiene únicamente para quienes trabajan en relación de dependencia. Estos trabajadores deberán afiliarse al sistema previsional y elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP) dentro de los 10 días calendario desde el inicio de su vínculo laboral.

Asimismo, la norma redefine conceptos clave. Por ejemplo, establece que el “ingreso asegurable” será la base para calcular los aportes y que, en el caso de los independientes, solo se considerará cuando estos realicen aportes voluntarios. También aclara que los trabajadores bajo régimen CAS serán considerados como dependientes para efectos previsionales.

Esta medida también refuerza el rol de los empleadores, ya que deberán verificar la afiliación de sus trabajadores y solicitar la constancia correspondiente; de no hacerlo, incurren en infracciones sancionables bajo la normativa de inspección laboral.

En materia de aportes, se consolida la diferenciación:

• Aportes obligatorios: aplicables a trabajadores dependientes.

• Aportes facultativos: para independientes o personas sin vínculo laboral.

Otro punto relevante es la actualización de la Unidad de Aporte (UdA), que servirá para medir los aportes en ambos sistemas (SNP y SPP), tomando como referencia la remuneración mensual y la remuneración mínima vital (RMV). Además, se establece que los ingresos percibidos en un mes se consideran de manera conjunta para generar dicha unidad.

El Ejecutivo también derogó varios artículos del reglamento anterior para alinearlo con las nuevas disposiciones legales, con el objetivo de simplificar su aplicación y garantizar coherencia normativa en el proceso de modernización del sistema previsional peruano.

Este cambio tiene efectos inmediatos en la economía de millones de peruanos. Por un lado, les permitirá disponer de mayores ingresos en el corto plazo, al no tener que destinar obligatoriamente parte de sus ganancias a un fondo previsional. Esto puede representar un alivio financiero, especialmente para quienes tienen ingresos variables o informales.

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