Economía

Elecciones 2026: Miembros de mesa tienen hasta tres meses para elegir su día de descanso

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima explica que el beneficio aplica tanto para trabajadores del sector público como privado.

Miembros de mesa recibirán S/166 como compensación económica por asumir su deber cívico.
Miembros de mesa recibirán S/166 como compensación económica por asumir su deber cívico. | Andina

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que los ciudadanos que ejercieron como miembros de mesa en las elecciones generales 2026 tienen derecho a un día de descanso con goce de haber, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a la elección, conforme a la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal del mencionado gremio, precisó que este beneficio alcanza a trabajadores de los sectores público y privado, y debe fijarse de común acuerdo entre el empleador y el trabajador. En caso de no existir consenso, será el empleador quien determine la fecha del descanso.

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“Este derecho corresponde a quienes fueron designados y capacitados como miembros de mesa, para quienes la licencia es no compensable, es decir, no requiere recuperación posterior. Aunque suele utilizarse al día siguiente de la elección, puede tomarse en cualquier momento dentro del plazo establecido”, sostuvo.

Miembros de mesa voluntarios también tienen un día de descanso

En el caso de los ciudadanos que asumieron el rol de manera voluntaria o espontánea, también se reconoce un día de descanso. Sin embargo, este será compensable, según la norma vigente, por lo que deberá recuperarse posteriormente, según el acuerdo con el empleador.

“El tratamiento diferenciado responde a lo establecido en la normativa electoral, que distingue entre miembros de mesa designados y aquellos que cumplieron esta función de manera excepcional”, indicó.

Finalmente, la CCL recuerda que los que cumplieron efectivamente con esta labor recibirán una compensación económica equivalente al 3% de una unidad impositiva tributaria (UIT) de S/5.500, el cual es equivalente a S/166, monto que es otorgado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplieron con su deber cívico, la multa única es de S/275. Dicha sanción se aplica incluso a los ciudadanos que estando en la fila se nieguen a integrar las mesas de sufragio. 

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