Economía

Indecopi sanciona a Saga Falabella con más de S/42.000 por cláusula que prohibía devoluciones en outlets: ordenó eliminar práctica abusiva

La resolución concluyó que la cláusula impuesta por la tienda en su sede de Open Plaza de Atocongo era abusiva, ordenando su eliminación en quince días.

Indecopi sanciona a Saga Falabella con más de S/42.000 por cláusula que prohibía devoluciones en outlets
Indecopi sanciona a Saga Falabella con más de S/42.000 por cláusula que prohibía devoluciones en outlets | Foto: composición LR/PerúRetail/Indecopi.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a Saga Falabella por aplicar en su outlet de Atocongo una cláusula que impedía a los consumidores realizar cambios o devoluciones de los productos comprados. Tras un proceso iniciado por la Asociación Peruana Proconsumer (APPRO), la Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 concluyó que esta disposición vulneraba el Código de Protección y Defensa del Consumidor y debía ser retirada de inmediato, al constituir una práctica abusiva que restringía derechos básicos de los clientes.

La Resolución Final N.º 2323-2025/CC2 ordenó a la empresa a retirar los avisos con la frase “No se aceptan cambios ni devoluciones” en su tienda outlet e impone una multa de más de S/42.000.  

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Sanción a Falabella: ¿qué dice la resolución de Indecopi sobre caso?

El 1 de febrero de 2023, la Asociación Peruana Proconsumer interpuso ante el Indecopi una demanda contra Saga Falabella por una presunta infracción a la Ley N° 29571. La Resolución Final N.º 2323-2025/CC2, emitida por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 del Indecopi, determinó que la tienda por departamento incurrió en una infracción al aplicar en su Outlet de Atocongo la cláusula “No se aceptan cambios ni devoluciones”.

La entidad calificó esta medida como una práctica abusiva que restringía derechos esenciales de los consumidores y contravenía lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Por ello, ordenó a la empresa retirar todos los anuncios con dicha disposición en un plazo máximo de quince días hábiles desde la notificación de la resolución.

Además de la orden de retirar la cláusula, el organismo rector impuso a Saga Falabella una sanción de ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT); equivalente a S/42.800, más una amonestación, y dispuso la inscripción de la empresa en el Registro de Infracciones y Sanciones una vez que la medida quede firme. También se ordenó el pago de las costas del procedimiento a la APPRO y se advirtió que, de incumplirse la disposición, se aplicarán multas coercitivas adicionales.  

 Saga Falabella recibió una multa de 8 UIT. Foto: RSA.

Saga Falabella recibió una multa de 8 UIT. Foto: RSA.

Descargos de Saga Falabella

Durante el proceso administrativo, Saga Falabella presentó sus descargos y, en varias etapas, se allanó a las imputaciones formuladas en su contra; es decir, reconoció su responsabilidad frente a la denuncia. La empresa cuestionó la falta de legitimidad para obrar de la Asociación y señaló que la denuncia habría sido interpuesta en representación de intereses particulares.  

La tienda por departamento también solicitó el uso de la palabra para realizar un informe oral, pero la Comisión consideró que contaba con suficientes elementos de juicio para emitir su pronunciamiento sin necesidad de esa diligencia. En cuanto a la legitimidad de la denuncia, el Indecopi ratificó que la APPRO estaba facultada para actuar en defensa de intereses colectivos y difusos de los consumidores.

La República intentó comunicarse con Saga Falabella para agregar su versión sobre la denuncia, pero hasta la publicación de este informe no obtuvo respuesta.

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