Peruanos no podrían acceder a su CTS hoy pese a ser el último día del depósito, según la ley: ¿por qué?
Hoy vence el plazo para que se realice el depósito de la CTS; sin embargo, los trabajadores deberán aguardar hasta 48 horas hábiles para acceder a sus fondos. Este periodo responde a los procesos de validación interna que llevan a cabo los bancos antes de habilitar el dinero.
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Hoy vence el plazo para que te depositen tu CTS. Sin embargo, no tendrás acceso inmediato a tu dinero, por lo que deberás esperar un plazo aproximado de 48 horas hábiles. Una vez que cada entidad financiera registra el abono correspondiente, se inicia un proceso interno de validación que puede tomar hasta dos días hábiles. Solo después de concluir dicho procedimiento, el trabajador podrá revisar su saldo y utilizar el monto disponible en su cuenta de compensación.
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Por otro lado, la normativa vigente permite retiros amplios de la CTS hasta fines del 2026. Aun así, las condiciones específicas para disponer de los fondos varían según cada banco. En algunos casos, la acreditación de un depósito reciente implica un control adicional, lo que genera un tiempo de espera diferente al de otros usuarios. Por ello, cada entidad informa sus propios plazos y protocolos para garantizar que el dinero quede habilitado sin inconvenientes.
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¿Por qué motivos podría no estar autorizado a retirar mi CTS?
- Cuando el depósito es reciente, el banco debe completar una validación interna antes de habilitar el dinero, por lo que la disponibilidad puede demorar hasta 48 horas hábiles.
- Si el abono aún no figura, corresponde confirmar con el empleador si ya se realizó el depósito semestral, ya que el incumplimiento del plazo constituye una falta grave ante la SUNAFIL.
- En caso de que la cuenta tenga alguna observación, podría tratarse de un trámite pendiente o de una verificación de datos. Por ello, es necesario contactar al banco (BCP, Interbank, BBVA, Banco de la Nación, entre otros) para conocer el estado exacto.
- En situaciones específicas, algunas entidades pueden aplicar medidas por deudas. Sin embargo, este tipo de retenciones no corresponde bajo la norma vigente, que permite el acceso total a la CTS hasta el 2026.
- Si la persona trabajadora no pertenece al sector formal privado o no cumple los criterios exigidos por la ley, no se generará el depósito de la CTS.
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¿En qué situaciones puede embargarse la CTS y cuáles son las razones para que ello ocurra?
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), citado por Andina, la CTS puede ser embargada hasta en un 50% cuando la persona trabajadora mantiene deudas por pensión de alimentos. Incluso si existe una orden judicial, el depósito debe realizarse en el banco elegido por la persona trabajadora, tal como lo exige la normativa vigente.
En estos casos, la empresa solo informa al juez que el abono se efectuó conforme a ley. Luego, cualquier solicitud de embargo debe dirigirse al banco donde se encuentra la cuenta de CTS, salvo cuando se trate de la CTS incluida en la liquidación de una persona trabajadora cesada cuyo plazo de depósito aún no haya vencido.























