Bono de S/ 300 para el sector público vía Minedu: requisitos y distribución del pago autorizado por el MEF para este 2025

El MEF aprobó un presupuesto para financiar un bono de S/ 300 destinado al personal administrativo del sector público, gestionado por el Minedu. Conoce cómo acceder y cómo se distribuirá el pago en septiembre de 2025.

El decreto supremo que autoriza el bono de S/300 entró en vigencia el domingo 21 de septiembre de 2025. Foto: Andina
El decreto supremo que autoriza el bono de S/300 entró en vigencia el domingo 21 de septiembre de 2025. Foto: Andina

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió un decreto supremo que autoriza la transferencia de partidas presupuestales a favor de los gobiernos regionales con el objetivo de financiar un bono especial de S/ 300 para el personal administrativo del sector Educación. Esta disposición responde a los compromisos asumidos en el Convenio Colectivo 2024-2025, suscrito entre el Ministerio de Educación (Minedu) y la Federación Nacional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación (Fentase).

La medida implica un desembolso total de S/ 10 millones 295 mil 700, monto que proviene del presupuesto institucional del Minedu y que será ejecutado por 25 gobiernos regionales a nivel nacional. La bonificación, de carácter excepcional, busca reconocer el trabajo del personal administrativo durante el año fiscal 2025.

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¿Cuáles son los requisitos para obtener el bono de 300 soles del Minedu?

No todos los trabajadores del sector público podrán acceder a este beneficio económico. Según la norma emitida por el MEF y el Minedu, el bono está dirigido únicamente al personal administrativo del sector Educación perteneciente a las Unidades Ejecutoras de los gobiernos regionales, que estén bajo los regímenes del Decreto Legislativo N.º 276 y el Decreto Legislativo N.º 728.

Para acceder a la bonificación de S/300, los trabajadores deberán cumplir los siguientes criterios:

  • Tener vínculo laboral vigente en su entidad pública al 15 de julio de 2024.
  • Estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del MEF durante el año 2024.
  • Figurar en el AIRHSP hasta la fecha de corte establecida para la entrega del subsidio.

Este incentivo no tiene carácter remunerativo, ni compensatorio ni pensionable, por lo que no forma parte de la base de cálculo para otras asignaciones o beneficios laborales. Además, no está sujeto a cargas sociales, conforme lo indica el Decreto Supremo N.º 420-2019-EF.

¿Cómo será la distribución del bono de 300 soles que entrega el Minedu?

El MEF, a través del decreto supremo correspondiente, autorizó la transferencia presupuestal del sector público para el Año Fiscal 2025, con la finalidad de que los gobiernos regionales puedan disponer de los fondos necesarios para cumplir con esta obligación. El proceso se desarrollará bajo las siguientes pautas:

  • Monto total transferido: S/ 10 295 700, con cargo al presupuesto institucional del Minedu.
  • Entidades beneficiarias: 25 gobiernos regionales que operan Unidades Ejecutoras de Educación.
  • Destino del bono: Solo para trabajadores administrativos de los regímenes 276 y 728 del sector Educación.
  • Desembolso: En dos pagos de S/150 cada uno, sumando un total de S/300 por persona.

El decreto indica que los titulares de los pliegos habilitadores y de los pliegos habilitados deberán aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en un plazo máximo de cinco días calendario desde la vigencia de la norma, que comenzó el domingo 21 de septiembre de 2025.

Según lo previsto, los bonos se entregarán durante este mes, por lo que el personal beneficiado podría recibir el pago dentro de los próximos días, dependiendo de la ejecución regional.

¿Puedo recibir el bono si soy docente contratado por el Minedu?

No, el bono de S/300 no está destinado a los docentes contratados ni nombrados por el Minedu. La norma publicada por el MEF y el Ministerio de Educación establece que esta bonificación extraordinaria está dirigida exclusivamente al personal administrativo de las Unidades Ejecutoras de Educación que se encuentren bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo N.º 276 y del Decreto Legislativo N.º 728.

En ese sentido, los maestros, auxiliares y demás personal pedagógico no forman parte de la lista de beneficiarios de este subsidio. El pago responde a un acuerdo sindical específico firmado con la Federación Nacional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación (Fentase), lo que limita el alcance del beneficio únicamente a este grupo de servidores del sector público.

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