Poder Judicial autoriza protocolo para muerte digna de Ana Estrada
Fallo definitivo. Minsa y Essalud deben elaborar y validar este documento. Defensoría solicita que se respete la voluntad de Ana.
‘’Pues aquí estoy, con más fuerza que nunca para pechar y gritar al mundo que quiero mi derecho a elegir y decidir sobre mi vida y mi cuerpo’', escribió Ana Estrada en la segunda entrada de su blog, cuyo nombre revela su búsqueda: Una muerte digna. Así que, tres años, seis meses y siete días después de esa publicación, finalmente lo logró.
Ayer, el Poder Judicial (PJ) informó que su caso se ha resuelto de manera definitiva. Esto, luego del voto dirimente del juez supremo Carlos Calderón, con el cual se estableció que el Ministerio de Salud (Minsa) y Essalud deben elaborar los protocolos que permitirán a Ana acceder al procedimiento en cuestión.
Pero para llegar a ello, primero la resolución debe ser notificada. El PJ ha señalado que esto se realizaría en los próximos días, debido a que la redacción final de la sentencia y la firma de los jueces aún están en proceso.
Tras dicha notificación, ambas instituciones deben constituir equipos técnicos, explica Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo. Essalud estará a cargo de la elaboración de los protocolos y luego el Minsa deberá validarlos, agrega.
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Los tiempos, aunque referenciales, que tienen Essalud y Minsa para la formación de los equipos, elaborar los protocolos; así como para su validación, figuran en la sentencia en primera instancia de febrero del 2021.
Luchadora. Ana Estrada logró que se reconozca su derecho a elegir y decidir con libertad. Foto: Antonio Melgarejo
‘’Tiene que ser un protocolo, técnico y científico, que respete la voluntad de Ana. Eso fue lo que pedimos y eso es lo que se ha rectificado’', añade. Precisamente, la semana pasada, después de que un magistrado planteara la intervención de miembros eclesiásticos, Estrada pidió, en RPP, que ‘’todo sea transparente y que sea lo más justo posible’'.
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Todo un precedente
La lucha de Ana, quien padece de polimiositis (debilidad muscular extrema) desde los 12 años, marca un precedente, resalta Castillo. En más de una ocasión, ella ha aclarado que este proceso no solo consiste en lograr su derecho a una muerte digna, sino también en ejercer su derecho a la autonomía y libertad.
La clave
Para el caso de Ana Estrada se ordenó que no se aplique el artículo 112° del Código Penal, el cual tipifica el delito de homicidio piadoso.