Keiko Fujimori promulga delegación de facultades para legislar en seguridad ciudadana y El Niño aprobada por el Senado
La Ley 32743 fue promulgada en El Peruano por edición extraordinaria. Las facultades legislativas dadas por el Congreso al Ejecutivo durarán 90 días desde la publicación de esta norma.

La presidenta Keiko Fujimori promulgó la Ley 32743, publicada en edición extraordinaria de El Peruano, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar mediante decretos legislativos por 90 días calendario, contados desde su entrada en vigor. Esta norma fue remitida por Miguel Ángel Torres, presidente del Senado, luego de que la Cámara Alta votara el proyecto el pasado miércoles 21.
De acuerdo a lo promulgado, el Ejecutivo podrá fijar límites a la terminación anticipada y a la conversión de penas, y reformar el sistema penitenciario y el INPE. También podrá precisar cuándo los militares pueden apoyar a la Policía frente a organizaciones criminales, regular su participación en la seguridad externa de los penales, y cambiar las reglas sobre migración, armas de fuego, telefonía móvil, delitos informáticos y el sistema de inteligencia. Incluye además la presunción de racionalidad en la legítima defensa y el internamiento de adolescentes condenados por delitos graves en una unidad diferenciada de un penal al cumplir la mayoría de edad.
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El segundo bloque va para la prevención ante el Fenómeno de El Niño, mezcla medidas de emergencia con reformas de mayor alcance. INDECI podrá entregar ayuda humanitaria de forma directa durante los primeros 15 días de una emergencia. En lo que respecta a vivienda vivienda, la ley incluye un régimen registral especial para proyectos de Vivienda de Interés Social, bonos para damnificados y otras medidas relacionadas.
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La ley prohíbe crear nuevos delitos o reducir las garantías del debido proceso, la defensa y la presunción de inocencia, y aclara que las medidas sobre telefonía no autorizan el acceso masivo al contenido de las comunicaciones. Las medidas sobre armas no podrán ampliar las categorías de uso civil ni reducir los controles vigentes. Las expropiaciones y la liberación de interferencias deberán respetar la consulta previa a los pueblos indígenas.
Además, las disposiciones finales mantienen las materias delegadas bajo el Sistema Nacional de Control, descartan afectar las competencias del Congreso, los gobiernos regionales y locales y los organismos autónomos, y obligan a cada sector a informar por escrito a la Comisión de Constitución del Senado, dentro de los 60 días posteriores a la publicación de los decretos legislativos, sobre el avance de su implementación.











































