JNE confirma sanción por más de S/176 mil contra Juntos por el Perú por financiamiento irregular en la campaña de 2021
Esta medida sancionatoria fue dictada inicialmente por la jefatura de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tras detectar 17 aportes sospechosos.
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó la sanción impuesta al partido político Juntos por el Perú (JP), liderado por Roberto Sánchez, debido a un financiamiento presuntamente ilícito durante los comicios generales de 2021. La penalidad asciende a una multa de 33 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 176.550 soles.
La infracción se originó luego de que la ONPE identificara un total de 17 aportaciones de 1.000 soles cada una. Al ser consultados por la autoridad electoral, los ciudadanos registrados como aportantes negaron haber realizado dichos desembolsos. Por ende, el ingreso de dinero provino de fuentes anónimas o de origen desconocido.
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Ante la imputación, el personero legal de la agrupación política, Carlos Adeval Zafra Flores, interpuso primero un recurso de reconsideración, el cual fue declarado infundado por el organismo electoral. Ante esto, el partido elevó un recurso de apelación para que se declarara la nulidad de la sanción.
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Dentro de los fundamentos de la apelación, Juntos por el Perú alegó que el ente electoral vulneró su derecho al debido proceso y a la defensa. El partido denunció que la captura del cuadro de aportes observados, que venía insertada en la resolución de inicio del procedimiento, se encontraba borrosa y era totalmente ilegible.
Sostuvo que era imposible distinguir con claridad los nombres de los aportantes, los números de DNI, así como la fecha de los depósitos en 11 de los 17 recibos. Para el partido, la propia autoridad dudaba y no estaba segura de la validez del documento entregado.
La ONPE contradijo esto y argumentó que la información completa y legible sí constaba de forma nítida en los anexos y en el Informe de Actuaciones Previas que acompañaba la notificación.
Juntos por el Perú también argumentó que las faltas ya habían prescrito al haber transcurrido el límite legal de cuatro años entre la fecha de los supuestos aportes y la notificación del inicio del proceso sancionador, el 25 de marzo de 2025.
Pese a los cuestionamientos jurídicos presentados por Juntos por el Perú respecto a los plazos y las precisiones de la notificación, el Pleno del JNE desestimó en última instancia la nulidad del caso y respaldó la multa impuesta por la ONPE.
“Resulta manifiesto que, a pesar de que todo el contenido del artículo 31 de la LOP no es idéntico en las Leyes n.° 31046, n.° 32058, n.° 32254; sí es idéntico el extremo de que "Las organizaciones políticas no pueden recibir aportes de ningún tipo provenientes de: (...) los aportes de fuentes anónimas o de cuyo origen se desconozca”.






































