Luz Pacheco defiende cambios en Ley de extinción de dominio: "No se trata de limpiar la fortuna de alguien"

La presidenta del Tribunal Constitucional indicó que la modificación busca "proteger al informal" que no ha sido declarado como culpable de un ilícito.

Luz Pacheco respaldó la decisión del TC. Foto: difusión
Luz Pacheco respaldó la decisión del TC. Foto: difusión

La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, respaldó la decisión de su institución de modificar la ley de extinción de dominio. En entrevista a Canal N, explicó que el objetivo del reciente cambio es garantizar la devolución de bienes a sus legítimos propietarios cuando se acredite que no existen vínculos con actividades ilícitas.

Además, Pacheco explicó que el fallo declara inconstitucional la aplicación retroactiva de ciertas partes de la ley para casos anteriores a agosto de 2018. Destacó además que la responsabilidad ahora recae en el Congreso, el cual debe establecer un mecanismo claro y eficiente para que quienes han sido declarados inocentes puedan recuperar los bienes injustamente decomisados.

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"No puede haber una frase tan amplia que bajo una sombra de sospecha vaya contra un derecho fundamental como es de la propiedad reconocido constitucionalmente. Buscamos defender el derecho a la propiedad. Nosotros exhortamos al Legislativo a que sea el el que determine qué delitos graves son los que deberían estar considerados para que sea valida esta norma y ya lo ha hecho, la nuevo ley establece que no aplica para lavado de dinero, trata de personas y demás", dijo.

"No es cierto que se esté tratando de limpiar la fortuna de alguien ni mucho menos. Mas bien, como decimos en la sentencia, se estaba atacando la informalidad de una manera indebida. Tenemos que proteger la informalidad porque no es que a ellos les encante la informalidad, sino porque el Estado no ha cumplido", agregó.

Tribunal Constitucional pide al Congreso crear mecanismo para devolución de bienes confiscados bajo extinción de dominio

Además, el Tribunal Constitucional solicita al Congreso que cree un mecanismo para que una persona absuelta en un juicio penal pueda recuperar sus bienes si estos fueron confiscados. Y si no es posible devolvérselos, que al menos se le pague lo que valen en el mercado, incluyendo los intereses, siempre y cuando se demuestre que no había motivos válidos para quitarle esos bienes.

Este fallo surge a raíz de la demanda presentada en agosto de 2024 por la Defensoría del Pueblo. Josué Gutiérrez, titular de dicha institución, señaló en su momento que la ley iba en contra de una serie de derechos y principios jurídicos. El defensor afirmó que la norma constituía una “grave vulneración” del derecho de propiedad, ya que no solo limitaba parcialmente su uso, sino que privaba a las personas de todos los derechos sobre el bien, y de manera definitiva.

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