Economía

Si ocupo temporalmente el rol de mi jefe, ¿la empresa debe darme un pago adicional? Abogado aclara la situación

En Perú, los trabajadores pueden reemplazar a su empleador por un tiempo corto o prolongado, por lo que asumen sus responsabilidades. Por ello, nace la incógnita de si deben recibir sus beneficios de igual manera.

Los trabajadores pueden asumir, temporalmente, las funciones de sus empleadores por un período determinado.
Los trabajadores pueden asumir, temporalmente, las funciones de sus empleadores por un período determinado. | Foto: IA

Si el empleador de una empresa se va de vacaciones, seguramente su mano derecha o el trabajador con más experiencia tomará su lugar hasta que regrese. En términos prácticos, ese empleado está sustituyendo a su jefe, aunque sea por una semana o un mes. Dicho esto, debe asumir sus responsabilidades, así como sus beneficios.

Entonces surge la siguiente pregunta: ¿acaso debería cobrar un pago adicional por desempeñar funciones que están por encima de su cargo? La Constitución Política del Perú señala que los trabajadores deben recibir una remuneración equitativa, lo que se entiende como un sueldo acorde a sus funciones.

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¿Se le debe pagar más al trabajador que reemplaza a su jefe temporalmente?

En primer lugar, cuando una empresa contrata a una persona, se le ofrece un salario según las funciones que realizará. Por ello, según la jerarquía de los puestos laborales, más responsabilidades implican una remuneración mayor. Sin embargo, no existe ninguna norma específica que obligue a pagar un sobresueldo o una asignación especial por esta situación.

"La Ley de Productividad y Competitividad Laboral regula la remuneración, pero no establece un pago adicional obligatorio por suplencias. La Ley de jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo regula el pago por horas extras, pero no por funciones superiores", señaló Adolfo Ciudad, docente de Derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Pese a esto, el trabajador puede reclamar este reconocimiento monetario. De hecho, el experto indicó que es posible recibir este incremento mediante convenios colectivos, lo que requiere un acuerdo entre el sindicato de la empresa y el empleador. Otro caso sería un pacto entre el beneficiario y su jefe. "Podría reclamar que se le reconozca una remuneración acorde al puesto.

"Tiene que ser discutido. Si la empresa o la entidad se resiste, el reclamo podría ser judicializado", agregó el abogado laboralista. Así, entidades como la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) no tienen mucha capacidad para fiscalizar un caso como este por la falta de un marco legal.

¿Cómo sería judicializar el proceso para recibir un pago extra por ocupar temporalmente el puesto de mi jefe?

Adolfo Ciudad explicó que la persona afectada debería realizar una demanda ante el juzgado de trabajo del Poder Judicial. De esta manera, debería acreditar que ha ocupado el puesto de su empleador por un plazo específico. En caso de que el trabajador decida optar por esta vía, el especialista recomendó que el tiempo de sustitución sea prolongado.

En caso de que se resuelva a favor del trabajador, el demandante debería recibir un reintegro, el cual es la diferencia entre su sueldo y la remuneración de su jefe por el período correspondiente. En particular, el especialista resaltó que el empleador debería obtener los beneficios laborales que derivan del sueldo, como la gratificación y la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), en función de lo que gana su superior.

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