Reforma de pensiones en el Perú: ¿Cómo funcionará la nueva comisión por productividad que cobrarán las AFP y futuros gestores?
El reglamento de la reforma de pensiones detalla que el afiliado podrá elegir entre la comisión por productividad o el tradicional por saldo. ¿En qué consiste?
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El Gobierno publicó esta mañana el reglamento de la ley N.º 32123 de reforma de pensiones en el Perú. Uno de los aspectos que detalla es la incorporación de la comisión por productividad, que dependerá del desempeño de las inversiones. De esta manera, los afiliados al sistema privado de pensiones podrán elegir entre este esquema o el tradicional por saldo, el cual que rige actualmente.
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Hasta ahora, las AFP cobraban básicamente bajo dos esquemas. La comisión sobre flujo, que es un porcentaje aplicado al sueldo mensual de un trabajador, y la comisión sobre saldo, que es un porcentaje anual sobre el dinero acumulado en la cuenta individual. En ambos casos, la administradora cobraba independientemente de si el fondo ganaba o perdía valor, un hecho que ha venido siendo cuestionado por las rentabilidades mínimas generadas.
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Comisión por productividad con dos componentes
Según reza el reglamento, la comisión por productividad tendrá dos componentes. Una parte fija, que asegura a la AFP, por ejemplo, ingresos por la administración del fondo, y otra variable, que dependerá directamente de la rentabilidad generada en la cuenta del afiliado. Si el fondo gana más, la AFP o el nuevo gestor gana más. Si gana menos, también se reduce la comisión.
En diálogo con La República, Alejandra Dinegro, especialista laboral, indicó que el componente fijo de la comisión por rentabilidad corre el riesgo de convertirse en una "comisión disfrazada". "El riesgo existe. Aunque la comisión por productividad introduce un componente variable que depende de la rentabilidad obtenida, la existencia de una parte fija puede convertirse en un piso seguro para las administradoras. Si esta porción fija se mantiene alta, puede replicar la lógica de la antigua comisión por flujo: ingresos asegurados para las AFP sin importar los resultados de la inversión", apuntó.
De esta manera, las AFP y futuros gestores como las cajas de ahorro y crédito, cooperativas, aseguradoras, ya no podrán vivir solo de cobrar un monto fijo, sino que parte de su ganancia dependerá de que generen buen rendimiento en el fondo del afiliado. Eso cambia el incentivo toda vez que a la fecha pueden cobrar aunque el fondo pierda.
De acuerdo con el documento, el afiliado podrá escoger entre comisión por saldo o por productividad a través de la nueva Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), que mostrará de manera comparativa cuánto se cobra en cada modalidad. Una vez elegido el esquema, el afiliado deberá permanecer en él al menos 24 meses antes de poder cambiar al otro, a fin de evitar movimientos especulativos.
A modo de ejemplo (con montos y porcentajes ilustrativos), si un trabajador tiene S/20.000 ahorrados, bajo comisión por saldo y con una tasa de 1% anual, pagaría S/200 sin importar si el fondo subió o bajó. En cambio, bajo comisión por productividad, si la rentabilidad fue de 5% anual (S/1.000 de ganancia), la AFP podría cobrar un 10% de ese rendimiento, es decir, S/100. Si el rendimiento fue solo de 1% (S/200), la comisión sería S/20. Si no hubo ganancia, la comisión variable se reduce prácticamente a cero, quedando solo la parte fija.
El reglamento también abre el mercado previsional a nuevos jugadores. No solo las AFP tradicionales, sino también bancos de inversión, cajas municipales y rurales, cooperativas de ahorro y crédito, aseguradoras siempre con autorización de la SBS. Con más competencia, se espera que los afiliados tengan más opciones de inversión y menores comisiones.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP deberá definir la metodología para calcular la parte fija y variable de la comisión por productividad, establecer la rentabilidad mínima de referencia, que, de no alcanzarse, obligará a la administradora a compensar al afiliado, y garantizar que las comisiones sean comparables y claras.
AFP y ONP: Afiliación obligatoria a partir de junio de 2027
Según detalla el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la implementación de las medidas será progresiva. En ese marco, la afiliación obligatoria (a una AFP u ONP) a todo ciudadano que cumpla 18 años regirá a partir del 1 de junio de 2027, mientras que el aporte de los trabajadores independientes se aplicará a partir del 2028.
También se dispuso que, a partir del 2026, todos los adultos mayores de 75 años en condición de pobreza no extrema sean incorporados al programa Pensión 65, y que desde el 2027 la ONP iniciará el pago de las pensiones no contributivas del Programa Contigo.


























