Indecopi exige que estas prácticas de los influencers sean calificadas como publicidad durante su difusión en redes sociales
Los influencers deben cumplir con las normas propuestas por Indecopi al promover marcas, productos o servicios, ya sea de manera directa o indirecta, en sus redes sociales, para evitar sanciones.
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Es una práctica común entre los influencers promocionar productos o servicios de marcas, también llamado influencer marketing. Sin embargo, muchos desconocen que actividades como los canjes, sorteos, unboxings e incluso donaciones son consideradas prácticas de publicidad por el Estado Peruano. Según Abelardo Aramayo Baella, secretario técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) de Indecopi, los influencers deben ser transparentes con los contenidos patrocinados, incluyendo, por ejemplo, los términos "Publicidad" o "#Publicidad" en sus publicaciones.
Es importante mencionar que en 2024, Indecopi presentó la Guía de Publicidad para Influencers 2024, elaborada por la CCD, cuyo objetivo principal es orientar al influencer hacia un correcto ejercicio de la publicidad digital. En la guía se abordan definiciones y conceptos básicos sobre publicidad, así como la importancia de respetar la competencia leal en entornos digitales, la legislación vigente y las sanciones. Entre las principales recomendaciones, el influencer o creador de contenido debe colocar o mencionar de manera expresa las palabras "publicidad" o "anuncio contratado" mediante el uso de etiquetas o hashtags.
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Prácticas realizadas por los influencers consideradas por Indecopi como Publicidad
De acuerdo a la guía elaborada por la CCD, se considera que un influencer ha realizado publicidad cuando este promueve directa o indirectamente, las marcas, productos o servicios de un anunciante, y que este acto se haya originado como consecuencias de un pago o contra presentación de cualquier tipo del anunciante.
Sin embargo, si el influencer no ha recibido ningún pago, independientemente de su tipo, por la difusión de contenido en el que promueva una marca, este no será considerado publicidad. Un ejemplo de esto sería si un influencer decide hacer un video sobre su cafetería favorita y no ha recibido ningún tipo de pago o compensación por parte de la marca para crear dicho contenido; en este caso, no se consideraría publicidad.
Estas son las prácticas realizadas por influencers que Indecopi considera publicidad:
- Unboxings: si un influencer comparte en sus redes sociales el proceso de desempaquetar y/o revelar un producto, servicio que ha sido enviado por una marca como parte de una estrategia publicitaria, esto se considera publicidad. Esto también incluye casos en los que el influencer recibe un regalo de la marca sin haber acordado previamente ningún acuerdo formal, pero muestra el producto en sus redes como una forma de agradecimiento o compensación por los productos enviados.
- Canjes: si el creador de contenido comparte en sus redes sociales material relacionado con una marca como resultado de un intercambio de productos o servicios.
- Sorteos o giveaways: si el influencer realiza un sorteo dónde incluya productos de cierta empresa, y esta forme parte de la estrategia publicitaria de la marca.
- Fotos: cuando el creador de contenido muestra o etiqueta en sus fotos a la marca
- Videos: cuando el creador de contenido sube videos a sus redes sociales dentro de los cuales exalte a una marca o la etiquete
Sanciones emitidas por Indecopi desde 2019
Desde 2019, Indecopi, a través de la CCD, ha iniciado 14 procedimientos sancionadores contra influencers, creadores de contenido y empresas por presuntas infracciones a la Ley de Represión de la Competencia Desleal, relacionadas con la promoción de publicidad en redes sociales.
Uno de los casos más mediáticos fue el de Alejandra Baigorria, quien recibió una multa de 47 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a aproximadamente S/251.450, por parte de Indecopi. La empresaria e influencer fue sancionada por promocionar el juego de apuestas en línea Mines de Meexbet a través de su cuenta de Instagram, donde compartió 47 historias sin señalar que se trataba de contenido publicitario ni incluir las advertencias sobre los riesgos de la ludopatía. Indecopi determino que se presentó este contenido publicitario como si fueran recomendaciones personales.
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