
El Tribunal Constitucional ordenó que Betssy Chávez salga en libertad, luego de declarar fundado el habeas corpus presentado para anular la prisión preventiva en su contra. La defensa de la exministra sostuvieron que la medida judicial contra su patrocinada venció el 19 de diciembre del 2024 y que, a pesar de que se prolongó por otros 15 meses más el 27 del mismo mes, se vulneró su derecho a la libertad. Por ello, el TC calificó la encarcelación como una "detención arbitraria" y ordenó su libertad.
La decisión del Tribunal Constitucional fue respaldada por los magistrados Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez. En ese sentido, la excongresista afrontará el juicio oral en su contra por el intento de golpe de Estado en libertad. Es importante resaltar que, a pesar del fallo del TC, Chávez Chino continuará siendo investigada por el presunto delito de rebelión.
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Uno los principales argumentos que esgrime el Tribunal Constitucional es que Betssy Chávez estuvo detenida por 8 días (del 20 al 27 de diciembre del 2024) sin contar con un mandato judicial en su contra. Si bien la primera prisión preventiva contra Chávez venció el 19 de diciembre y recién el 26 del mismo mes se prolongó, ello "no justifica o valida la detención arbitraria que padeció".
En esa misma línea, el TC resaltó que era responsabilidad del Ministerio Público solicitar oportunamente la extensión de la medida restrictiva. Si bien es cierto lo hizo (un día antes de culminar la primera, el 18 de diciembre), el Poder Judicial resolvió ampliar por 15 meses más la medida "después de consumarse la detención arbitraria".
Tribunal Constitucional califica como "arbitraria" la detención de Betssy Chávez
"(La Fiscalía) tuvo la oportunidad de solicitar la prolongación mucho antes del vencimiento del plazo original y el órgano jurisdiccional hubiera evitado que se consumara la detención arbitraria. Y es que este tipo de detención, siempre reñida con el Derecho, se consuma así haya transcurrido una hora, un día o una semana", sostiene el TC.
Por ello, el TC enfatiza que "prolongarse de manera extemporánea una orden de prisión ya vencida, deviene en mera detención arbitraria".
Por otro lado, el TC cuestionó que, el 19 de diciembre, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria decidiera programar la audiencia para prolongar la prisión preventiva "sacrificando" la libertad de Betssy Chávez por 8 días. El Poder Judicial, según señala el máximo órgano intérprete de la constitución, llevó a cabo dicho proceso "a pesar de que tenía pleno conocimiento del vencimiento del plazo de prisión preventiva".
"Esto es inaceptable en un Estado constitucional de derecho, porque no es una razón de entidad suficiente para justificar la extensión de la privación de la libertad de una persona, más allá de lo dispuesto en la resolución judicial que ordenó su detención", se lee en el documento.
Tribunal Constitucional se pronuncia sobre el Poder Judicial
En tanto, el TC recomendó a la Fiscalía que en el futuro, en caso se solicite un requerimiento similar, se resuelva antes del vencimiento de la prisión preventiva. Caso contrario, asegura el tribunal, sería un escenario absurdo permitir que la Fiscalía con mala fe procesal requiera la ampliación de la medida horas antes de que venza y que con ello se mantenga presa a una persona más allá del plazo legal y judicialmente habilitado".
Asimismo, el TC recomendó que los jueces deben ordenar la liberación de los detenidos el día en que venza el mandato judicial. En esa misma línea, el INPE debe verificar que no haya otro mandato de detención vigente contra dicha persona.
No todo que ahí. Por las razones antes expuestas, los tribunos le dan la razón a la defensa legal de la exministra al señalar que su solicitud — de anular la prisión preventiva — concuerda con el derecho a la libertad de una persona.

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