Sociedad

Adiós a la informalidad en alquileres 2025: inquilinos extranjeros en Perú deberán cumplir este requisito, según Migraciones

El Gobierno dispuso medidas a fin de multar a todos aquellos arrendatarios e inquilinos que no cumplan con las medidas establecidas por Migraciones.

Inquilinos extranjeros deberán cumplir con ciertos requisitos a fin de evitar sanciones/Composición LR
Inquilinos extranjeros deberán cumplir con ciertos requisitos a fin de evitar sanciones/Composición LR

El Gobierno del Perú ha implementado regulaciones que impactan a los arrendadores, quienes deberán cumplir con nuevos requisitos para evitar sanciones. Desde este 2025, ya se está multando a aquellos que no registren a sus inquilinos en la plataforma digital habilitada por la Superintendencia Nacional de Migraciones.

Con el objetivo de garantizar la calidad y transparencia en el servicio de alquiler, se llevó a cabo un proceso de capacitación para informar a los arrendadores sobre el uso de esta plataforma. Las nuevas normativas buscan equilibrar los derechos y deberes de ambas partes en el contrato de arrendamiento. Cabe resaltar que, en caso se incumpla con estos requisitos, las multas ascienden los S/10.000.

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¿Qué requisitos deben cumplir los inquilinos de hospedajes en Perú?

Todos los inquilinos extranjeros de hospedajes o arrendamiento, deberán tener en cuenta las nuevas medidas que el Gobierno ha dispuesto para estos establecimientos, lo cuales ya están vigentes. En ese sentido, todos los negocios de hospedajes y alquiler de viviendas están en la obligación de registrar a todos sus inquilinos extranjeros a fin de evitar las multas impuestas actualmente.

Nuevas medidas impuestas para el alquiler buscan reducir la informalidad. Foto: Composición LR.

Nuevas medidas impuestas para el alquiler buscan reducir la informalidad. Foto: Composición LR.

La medida busca fortalecer el control migratorio y asegurar una mayor protección para el país. Aquellos que no se ajusten a esta normativa enfrentarán sanciones que podrían superar los S/ 10.000, lo que equivale a 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

La reciente resolución se fundamenta en el Decreto Supremo n.° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su reglamento. Esta nueva normativa establece obligaciones adicionales para los hoteles y propietarios de inmuebles en alquiler. A continuación, se presentan las medidas que deben implementarse para evitar sanciones o multas:

  • El dueño del hospedaje o vivienda alquilada deberá solicitar la entrega de documentos actualizados que validen la identidad de sus inquilinos extranjeros. En ese sentido, los turistas deberán presentar el pasaporte, mientras que aquellos que residen en el país deberán presentar el Carné de Extranjería y el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP).
Los datos de los inquilinos pueden ser registrados en la página web de Migraciones. Foto: Migraciones

Los datos de los inquilinos pueden ser registrados en la página web de Migraciones. Foto: Migraciones

  • Es necesario ingresar a la plataforma de Migraciones para llevar a cabo el registro de los huéspedes. Los inquilinos deben proporcionar sus datos completos (nombre, apellido, nacionalidad, sexo y fecha de nacimiento). Especificar las fechas estimadas de ingreso y salida. Para ello puedes visitar el siguiente enlace.
  • Facilitar el acceso a la Superintendencia Nacional de Migraciones con el objetivo de llevar a cabo labores de fiscalización y verificación migratoria.
  • La Superintendencia ha implementado un portal virtual oficial para facilitar la transmisión inmediata de información.

¿Cómo es el proceso de capacitación para el registro de inquilinos extranjeros?

Con el propósito de garantizar la adecuada aplicación de la nueva normativa, Migraciones implementará un programa de capacitación destinado a arrendadores y propietarios de hospedajes. Esta iniciativa busca formar a los participantes en el uso de la plataforma digital y en la correcta transmisión de la información necesaria. El acceso al sistema será gratuito y estará habilitado una vez que se cumpla el plazo estipulado por la entidad.

La normativa establece que tanto las entidades públicas como privadas deben asumir la responsabilidad de verificar la información de los extranjeros que accedan a sus servicios. Asimismo, se requiere que estos registros sean actualizados y compartidos de forma constante con Migraciones y la Policía Nacional del Perú (PNP). Esta medida busca fortalecer las acciones de control y seguridad en el territorio nacional.

¿Cuál es la finalidad de la medida?

Carlos Chueca, abogado y gerente general de Inquilinos Morosos S.A.C., comentó que la reciente medida busca reducir la delincuencia en el país. Sin embargo, advirtió que su efectividad no está garantizada, ya que los requisitos exigidos a los arrendadores podrían generar complicaciones adicionales en sus operaciones. Esta situación, a su vez, podría resultar en un aumento en los costos del servicio, afectando a los usuarios.

"Considero que en el tema de hospedajes, hoteles y resorts, sí será fácil identificar dónde vive el extranjero. Sin embargo, en un contrato de arrendamiento, donde la mayoría son informales en el Perú, donde las personas no pagan impuestos ni escriben el contrato en algún registro, va a ser difícil de demostrar plenamente dónde vive el extranjero al no haber un contrato inscrito", sostuvo el especialista.

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