MML pierde arbitraje contra Rutas de Lima y deberá reembolsar más de S/ 2 millones

El fallo fue emitido por el centro internacional de arbitrajes Jus Mundi el último 12 de junio. El monto corresponde al 50% de los costos del arbitraje incurridos hasta la fecha. Además, determina por unanimidad que cada parte asumirá sus propios costos y gastos legales.

MML pierde arbitraje contra Rutas de Lima y deberá reembolsar más de S/ 2 millones
MML pierde arbitraje contra Rutas de Lima y deberá reembolsar más de S/ 2 millones

La Municipalidad de Lima (MML), por acción de López Aliaga, perdió otro arbitraje en el caso Rutas de Lima y deberá reembolsar US$724.099,28, equivalente a más de S/2 millones. El monto corresponde al 50% de los costos del arbitraje incurridos hasta la fecha. Además, determina por unanimidad que cada parte asumirá sus propios costos y gastos legales.

El fallo fue emitido por el centro internacional de arbitrajes Jus Mundi el último 12 de junio y se basa en cinco pretensiones.

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Sobre la primera, formulada por Rutas de Lima, el Tribunal declaró por mayoría que la MML incumplió parcialmente sus obligaciones respecto a la entrega de los terrenos para el Tramo Ramiro Prialé y que existió negligencia por parte de los involucrados.

Por lo tanto, decidió por mayoría que, según el Código Civil peruano, la municipalidad está obligada a compensar y/o indemnizar parcialmente a Rutas de Lima por un monto que se determinará en una etapa posterior de estas actuaciones arbitrales.

Las pretensiones 2, 3 y 4 planteadas por Rutas de Lima fueron desestimadas por unanimidad. Se trataban del reajuste por inflación del peaje, los "puntos de fuga" en Huaylas y Villa, y el reequilibrio económico por la ley de suspensión de peajes y los decretos COVID. Sumaban un promedio de US$ 97.6 millones, equivalente a S/330,9 millones.

La pretensión 5, planteada por Rutas de Lima, fijó que la municipalidad incumplió la cláusula 17.7 del contrato de concesión al declarar, en enero de 2023, la terminación unilateral por una supuesta afectación al interés público, y declaró, por mayoría, que dicha resolución no respetó el contrato de concesión ni la legislación peruana.

El fin del contrato, señala el Tribunal, se resolvió en pocos días, sin informe de la Comisión de Asuntos Legales, sin análisis costo-beneficio y sin buscar alternativas con Rutas de Lima.

Además, como antecedente, mencionan que el Tribunal Constitucional (TC), en el caso Pairazamán, solo suspendió el cobro en Puente Piedra y rechazó demoler la garita, una medida mucho menos drástica que terminar la concesión.

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