JNE declara improcedente candidatura de la fiscal Sandra Castro por el Partido Morado
El JNE, a través del JEE Lima Centro 2, concluyó que Sandra Castro no cumplió con renunciar al Ministerio Público dentro del plazo legal, por lo que quedó excluida de la lista al Senado del Partido Morado para las elecciones 2026.
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El Jurado Nacional de Elecciones declaró improcedente la candidatura de Sandra Castro, fiscal adjunta provincial, quien postulaba al Senado por el Partido Morado. El JEE determinó que la postulante no acreditó la renuncia al Ministerio Público dentro del plazo exigido por la ley electoral, requisito indispensable para integrar las listas en los comicios de 2026.
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La decisión fue adoptada en el marco de la revisión de la solicitud de inscripción de la lista senatorial del Partido Morado. El órgano electoral evaluó la documentación presentada para subsanar observaciones previas y concluyó que el impedimento de Sandra Castro resultó insubsanable por haber vencido la fecha límite para presentar la renuncia.
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Según la resolución, la candidata figuraba en la posición cuatro de la lista al Senado por circunscripción única nacional. Al momento de la inscripción, consignó que ejercía funciones como fiscal adjunta provincial penal en Lima Noroeste, condición que activa un impedimento constitucional para postular sin renuncia previa.
Con este pronunciamiento, el JNE dejó firme la exclusión de Sandra Castro de las listas presidenciales al Senado, mientras admitió de manera parcial la nómina presentada por el Partido Morado. La resolución también abrió el plazo para eventuales tachas contra los candidatos que sí fueron admitidos.
JEE concluye que la renuncia no se presentó dentro del plazo legal
El JEE recordó que la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones prohíben que integrantes del Ministerio Público postulen al Congreso si no renuncian seis meses antes del día de la votación. Para las elecciones 2026, ese plazo venció el 13 de octubre de 2025.
En el caso de Sandra Castro, el personero del Partido Morado sostuvo que bastaba la solicitud de licencia sin goce de haber. El Jurado rechazó ese argumento y precisó que la licencia no reemplaza la renuncia exigida por la norma cuando se trata de fiscales en ejercicio.
El colegiado también evaluó una resolución fiscal posterior que dio por concluido el nombramiento de la candidata. Sin embargo, advirtió que dicho acto no se encontraba firme ni consentido, por lo que no eliminaba el impedimento electoral existente al cierre del plazo legal.
Partido Morado mantiene su lista con exclusiones puntuales
La resolución del JNE no anuló toda la lista del Partido Morado. El Jurado Electoral Especial admitió parcialmente la nómina senatorial y ordenó su publicación oficial para el periodo de tachas, conforme al cronograma de las elecciones 2026.
Además de Sandra Castro, el JEE declaró improcedentes otras candidaturas por incumplimientos documentales vinculados a licencias laborales. En contraste, varios postulantes lograron subsanar observaciones y continuaron en carrera electoral.
Con estos ajustes, el Partido Morado quedó habilitado para seguir en competencia con una lista incompleta. El caso refuerza el criterio del Jurado sobre la exigencia estricta de los requisitos legales para quienes provienen de cargos públicos con impedimentos específicos.






















