Elecciones 2026: PJ vuelve a fallar a favor de Duberlí Rodríguez y ordena al JNE inscribir a Unidad Popular
El Poder Judicial declaró nula la resolución del JNE que bloqueaba a Unidad Popular y le dio dos días para inscribir al partido de Duberlí Rodríguez. Asimismo, ordenó habilitarlo para competir en las elecciones generales de 2026.
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El enfrentamiento entre el Poder Judicial y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) suma un nuevo capítulo. El Tercer Juzgado Constitucional de Lima volvió a fallar a favor de Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo y ordenó, por segunda vez, la inscripción inmediata del partido Unidad Popular (UP) y su habilitación para participar en las elecciones generales 2026.
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El juez John Javier Paredes Salas declaró nula la resolución del JNE que rechazaba cumplir la orden judicial emitida el 31 de julio. En este nuevo pronunciamiento, el magistrado le dio al organismo electoral un plazo máximo de dos días hábiles para ejecutar la decisión sobre la agrupación política, bajo advertencia de multas progresivas, denuncias ante el Ministerio Público y posibles procesos disciplinarios.

Resolución JNE que ordena inscripción de Unidad Popular.
"Ordenar a los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones cumplir, en sus propios términos, dentro del plazo de 2 días hábiles, con lo ordenado en la Resolución n° 1, del 31 de julio de 2025; bajo apercibimiento de multa individual y progresiva de 5URP a cada uno y de remitir los actuados al Ministerio Público para que este actúe conforme a sus atribuciones ante el incumplimiento del mandato judicial descrito", se lee en el documento.
Según el abogado José Naupari, experto en temas electorales, el incumplimiento de un mandato judicial por parte de los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no solo podría derivar en sanciones económicas y en la intervención del Ministerio Público, tal como advierte la resolución, sino que incluso podría escalar hasta una acusación constitucional.
Cabe recordar que el pasado 31 de julio, el Poder Judicial reconoció que el artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones se encuentra vigente, lo que permite la inscripción provisional de los partidos que cumplan con los requisitos. Sin embargo, el Pleno del JNE sostuvo que esa norma estaría "tácitamente derogada" y alegó que modificar el registro afectaría la "intangibilidad" del cronograma electoral, por lo que se negó a cumplir.
Ante esto, Paredes respondió que la negativa del JNE constituye desacato y que sus competencias exclusivas en materia electoral no lo eximen de obedecer mandatos judiciales cuando están en juego derechos fundamentales, como el derecho de participación política.
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Unidad Popular pide al JNE acatar resolución del Poder Judicial
El partido de Duberlí Rodríguez, Unidad Popular, emitió un comunicado respecto al fallo judicial que ordena al Jurado Nacional de Elecciones inscribir al partido en el Registro de Organizaciones Políticas. La agrupación política exhortó al máximo tribunal electoral a acatar los mandatos judiciales y a no afectar el derecho de participación política que, aseguran, han ejercido cumpliendo con todos los requisitos legales.
"Unidad Popular exhorta al máximo tribunal de justicia electoral que acate los mandatos judiciales, que actúe con imparcialidad y no siga causando más daño del ya hecho a un partido que respetando escrupulosamente las normas electorales ha cumplido con todos los requisitos para su inscripción antes del 12 de abril, y consecuentemente, participar en las próximas elecciones generales, presidenciales y congresales, y no solo en las elecciones regionales y municipales", se lee en el pronunciamiento.





















