Indecopi multa a Caja Tacna y Serfinco por imponer límites de edad en créditos: ¿Qué dice la norma sobre esta práctica?
El organismo sancionó a las dos entidades financieras por fijar rangos de edad en créditos sin sustento objetivo. La medida recuerda que el riesgo crediticio debe evaluarse con criterios verificables y no con condiciones personales.
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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a dos entidades financieras (Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna/Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco) por establecer rangos de edad en la promoción de productos crediticios sin acreditar una justificación objetiva y razonable, lo que generó un trato desigual hacia determinados consumidores. “Las entidades del sistema financiero no deben establecer límites de edad como requisito para acceder a productos crediticios sin una justificación objetiva y razonable”, recordó el Indecopi.
La decisión fue adoptada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, que enfatizó que la evaluación del riesgo debe basarse en criterios objetivos, como la capacidad de pago, y no en condiciones personales como la edad. En esa línea, reiteró que imponer restricciones sin sustento puede constituir una práctica discriminatoria contra los usuarios.
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Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna multada con 8 UIT
La Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna fue sancionada con una multa de 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) tras verificarse que en su página web señalaba que el producto 'Crédito Multioficios' solo podía ser solicitado por personas desde los veinte años. Durante el procedimiento, la entidad no acreditó una justificación objetiva que respaldara esa limitación.
La Sala concluyó que esta condición afectaba directamente a consumidores menores de esa edad, quienes quedaban excluidos del producto sin que existiera un sustento razonable vinculado a la evaluación del riesgo crediticio. La resolución también advirtió que este tipo de mensajes en canales digitales puede desalentar la solicitud de financiamiento por parte de potenciales clientes que sí podrían cumplir con criterios objetivos.
Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco multada con 5 UIT
La Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco recibió una multa de 5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por consignar en su página web que su 'Crédito Personal' estaba dirigido a personas entre 18 y 63 años. La autoridad determinó que esta información establecía una barrera de acceso sin una justificación objetiva y razonable.
Según la resolución, el rango etario excluía a adultos mayores y generaba que este grupo se abstuviera de solicitar el producto al considerar que no cumplía con los requisitos. La Sala precisó que, aunque las entidades financieras pueden evaluar el riesgo de crédito, dicha evaluación debe sustentarse en criterios verificables y no en la edad como condición excluyente por sí sola.
¿Qué dice la norma sobre esta práctica?
El Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.º 29571) establece los derechos básicos de las personas cuando compran productos o contratan servicios en Perú. Reconoce el derecho a recibir información clara y veraz, a la seguridad, a elegir libremente y a que el producto o servicio sea idóneo, es decir, que cumpla lo prometido. También prohíbe la publicidad engañosa, las ventas atadas, las cláusulas abusivas en contratos y cualquier forma de discriminación injustificada en el acceso al consumo.
La norma obliga a las empresas a respetar promociones, mostrar precios completos, contar con Libro de Reclamaciones y atender reclamos en un plazo máximo de 30 días. La entidad encargada de supervisar y sancionar incumplimientos es Indecopi, que puede imponer multas, ordenar devoluciones de dinero y exigir medidas correctivas para proteger a los consumidores.





































