Produce da luz verde a la pesca de anchoveta 2026 en el sur y fija una cuota máxima de 251.000 toneladas
La actividad pesquera se iniciará el 1 de enero y se extenderá hasta junio, salvo que se alcance antes el límite máximo de captura.
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El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2026 de anchoveta y anchoveta blanca en el sur del país estableciendo un Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) de 251.000 toneladas, según dicta la Resolución Ministerial N.º 00435-2025-PRODUCE, publicada este domingo.
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La temporada comprenderá el período enero–junio de 2026 y abarcará el área marítima ubicada entre los 16° de latitud sur y el extremo sur del dominio marítimo peruano. Las faenas de pesca podrán iniciar a partir de las 00:00 horas del 1 de enero y concluirán cuando se alcance la cuota autorizada o, como fecha máxima, el 30 de junio de 2026.
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La decisión del Poder Ejecutivo se sustenta en un informe técnico del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), el cual señala que en 2025 el desembarque de anchoveta en la región sur alcanzó 262.174 toneladas hasta el 10 de diciembre, lo que representa un incremento de 243% respecto a 2024 y de 980% frente a 2023.
De acuerdo con el organismo científico, la biomasa disponible (lo que hay en el mar) se encuentra por encima de su nivel de referencia y la mortalidad por pesca por debajo del umbral crítico, aunque advierte que el recurso presenta alta variabilidad y una mayor incidencia de juveniles en el último trimestre del año.
Por ello, el Imarpe recomendó mantener para 2026 un nivel de captura similar al de 2025 y reforzar el monitoreo biológico, el control del esfuerzo pesquero y la vigilancia, especialmente para proteger a los ejemplares juveniles.
Pesca sujeta a cuotas por embarcación
La norma establece que solo podrán operar las embarcaciones industriales con permiso de pesca vigente y con un Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE-Sur) asignado, el cual será publicado posteriormente mediante resolución directoral. Una vez alcanzada la cuota total autorizada para la zona sur, las actividades extractivas se darán por concluidas.
Además, se mantiene la exigencia del uso del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), el respeto de las zonas reservadas para la pesca artesanal y de menor escala, y el empleo de redes con tamaño mínimo de malla de 13 milímetros.
Sanciones
Produce ratificó la prohibición de capturar ejemplares juveniles, permitiendo una tolerancia máxima del 10% por embarcación y por faena. En caso de superarse ese umbral a nivel de desembarques diarios por puerto, se podrán suspender las actividades de pesca en la zona afectada por al menos tres días.
También se establece un límite de 5% de pesca incidental de otras especies, mientras que el incumplimiento de las disposiciones será sancionado conforme a la Ley General de Pesca, el régimen de límites máximos de captura y el reglamento de fiscalización pesquera.
La resolución faculta además al Imarpe a recomendar cierres de zonas o la modificación de la temporada, en función de la evolución de las condiciones biológicas y ambientales del recurso.
























