SBS recorta la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos: este será el nuevo monto máximo hasta febrero de 2026, según la última resolución publicada
La SBS y la AFP fijaron un nuevo monto de protección que se aplicará a los depósitos durante el próximo trimestre, el cual es menor al publicado en el trimestre anterior, según la Circular N.º F-615-2025.
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El Fondo de Seguro de Depósitos estableció una cobertura máxima de S/116.700 para el periodo de diciembre de 2025 a febrero de 2026, tal como precisó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mediante la Circular N.º F-615-2025, publicada en el diario oficial El Peruano. Este monto corresponde al límite que puede recibir un depositante en caso de intervención o liquidación de una entidad del sistema financiero, el cual es actualizado cada tres meses según la normativa actual.
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La entidad indicó que el ajuste forma parte del proceso regular establecido en la Ley N.º 26702, norma que dispone la revisión trimestral del tope de cobertura, con el objetivo de mantenerlo alineado a las condiciones económicas del país. Con este mecanismo, el sistema financiero asegura un estándar de protección que permite resguardar los depósitos del público de manera eficaz, sin necesidad de introducir modificaciones extraordinarias.
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SBS utilizó índice de precios al por mayor para actualizar cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos
Para calcular el nuevo tope de protección, se consideró la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) entre diciembre de 1998 y noviembre de 2025, cuyo factor fue de 1,88163879. De acuerdo con los artículos 18 y 153 de la Ley General del Sistema Financiero, así como con la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria, estas verificaciones periódicas permiten conservar el valor real del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) y respaldar la confianza del público en las entidades supervisadas.
La circular fue suscrita por el superintendente Sergio Javier Espinosa Chiroque y oficializa la aplicación del nuevo tope de protección del Fondo de Seguro de Depósitos. Con su publicación en el diario oficial El Peruano, la medida entra en vigencia de inmediato y se mantendrá activa durante el trimestre establecido, sin necesidad de resoluciones complementarias ni procedimientos adicionales.























