Gobierno de José Jerí promulgó Ley de Presupuesto Público 2026 por S/257.561 millones
La Ley de Presupuesto 2026 fija un gasto público de S/257.561 millones y aplica un severo marco de control, que incluye restricciones a contrataciones, reajustes salariales y uso de recursos de inversión.

El Congreso de la República promulgó la Ley N.º 32513, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, ascendiente a S/257.561 millones, según la separata especial de El Peruano publicada el 4 de diciembre de 2025
La norma define los créditos máximos destinados a los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales, y establece un marco estricto de reglas para la ejecución, control y modificaciones del gasto público durante el próximo año fiscal.
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Cómo se distribuye el presupuesto
El monto total aprobado se divide en dos grandes bloques: Gobierno Central e instancias descentralizadas.
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Gobierno Central – S/162.305 millones
- Gasto corriente: S/ 103.004 millones
- Gasto de capital: S/ 27.817 millones
- Servicio de la deuda: S/ 31.483 millones
Gobiernos regionales – S/ 59.460 millones
- Gasto corriente: S/ 44.113 millones
- Gasto de capital: S/ 15.080 millones
- Servicio de la deuda: S/ 266,7 millones 2465501-1
Gobiernos locales – S/ 35.795 millones
- Gasto corriente: S/ 19.936 millones
- Gasto de capital: S/ 14.881 millones
- Servicio de la deuda: S/ 978 millones
El financiamiento total proviene mayoritariamente de Recursos Ordinarios (S/ 171.239 millones), seguido de operaciones oficiales de crédito, recursos determinados, ingresos directamente recaudados y donaciones.
Restricciones y reglas clave para el gasto 2026
La ley establece un marco de control estricto para evitar incrementos no autorizados y asegurar la sostenibilidad fiscal.
Prohibición de reajustes salariales
No se permiten incrementos en remuneraciones, bonificaciones, beneficios o conceptos similares para funcionarios y servidores públicos, cualquiera sea su régimen laboral. Tampoco se pueden crear nuevos beneficios de este tipo durante el 2026.
Aguinaldos y escolaridad
Los servidores de los regímenes 276, 29944, 30512 y otros reciben:
- S/ 300 por Fiestas Patrias
- S/ 300 por Navidad
- S/ 400 por escolaridad
Estos montos también aplican a personal CAS y pensionistas bajo determinadas reglas.
Límites a contratación de personal
La incorporación de personal está prohibida salvo excepciones puntuales: docentes, personal de salud en proceso de nombramiento, funcionarios de confianza, reemplazos por cese y otros supuestos detallados. Toda contratación requiere que las plazas estén registradas y financiadas en el AIRHSP.
Modificaciones presupuestarias: restricciones severas
El Congreso impone límites amplios para impedir reorientaciones discrecionales:
- No se podrá mover presupuesto destinado a Remuneraciones, Pensiones, Suministros médicos, Combustibles de FF.AA. y PNP, Servicios básicos ni recursos destinados a desastres o flagrancia salvo excepciones técnicas necesarias.
- Se prohíbe usar recursos de inversiones para financiar gasto corriente.
- No se pueden anular recursos de proyectos de inversión con más del 90% de avance financiero.
Inversiones y continuidad de obras
La ley destina hasta S/ 1.647 millones para asegurar la continuidad de proyectos de inversión en gobiernos regionales y locales, incluyendo aquellos transferidos vía normas de años anteriores y mecanismos como Obras por Impuestos.
Para modificar recursos de inversiones se exige opinión previa de oficinas técnicas y presupuestarias, y solo pueden hacerse entre proyectos priorizados o incluidos en el Anexo I.
Austeridad: viajes, vehículos y servicios
- Los viajes al exterior deberán realizarse en clase económica, con excepciones limitadas.
- El gasto por telefonía móvil no puede superar S/ 120 por línea.
- La compra de vehículos solo se permite para renovaciones de más de 10 años o intervenciones esenciales, y cada adquisición requiere resolución expresa del titular del pliego.
Transferencias autorizadas
Durante 2026, el Estado podrá realizar transferencias financieras específicas, entre ellas:
- Para el programa temporal de empleo “Llamkasun Perú”.
- Para el Fondo Mivivienda y empresas de agua y saneamiento.
- Para programas presupuestales de DEVIDA.
- Para emergencias sanitarias gestionadas por el Minsa






































