MEF aprueba una nueva escala salarial y gratificaciones para este grupo de trabajadores del sector público: conoce los montos según categoría
El Ministerio de Economía aprobó una nueva escala salarial para trabajadores del sector público que elevará los sueldos entre S/2.048 y S/8.306.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó, mediante el Decreto Supremo N.º 279-2025-EF publicado el 1 de diciembre de 2025, la nueva escala de salarial para los trabajadores del Ministerio de Educación (Minedu) bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728 y consolida todos los ingresos existentes, estableciendo un ordenamiento integral de la política salarial para este grupo de servidores públicos.
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Además, integra en una sola escala todos los ingresos que perciben actualmente, incluidos los aumentos obtenidos por negociación colectiva, de acuerdo con la información registrada en el sistema de planillas del Estado (AIRHSP).
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Nueva escala salarial para trabajadores del sector público: cuánto aumenta su sueldo
La nueva escala establece montos fijos según categoría y cargo:
Profesionales
- Profesional IV (P4): S/8.306
- Profesional III (P3): S/7.737
- Profesional I (P1): S/5.461
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Técnicos
- Técnico III (T3): S/4.278
- Técnico II (T2): S/3.096
- Técnico I (T1): S/ 2 048
Estos montos representan el límite máximo que cada grupo podrá recibir por concepto remunerativo mensual.

Nueva escala remunerativa para trabajadores del Minedu. Fuente: Diario El Peruano
Ministerio de Educación: qué otros beneficios reciben los trabajadores
De acuerdo con la normativa, los trabajadores del Ministerio de Educación no podrán recibir ningún pago adicional que no forme parte de la nueva escala remunerativa aprobada. Esto significa que quedan prohibidas bonificaciones, incentivos o asignaciones extraordinarias que no estén contempladas en el decreto.
Sin embargo, el dispositivo legal establece algunas excepciones. Los servidores sí podrán recibir la gratificación por Fiestas Patrias, la gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad, además de beneficios legalmente reconocidos como la Asignación Familiar y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Sede del Ministerio de Educación. Foto: Agencia Andina
También se permite otorgar, de manera posterior, los beneficios que pudieran resultar de los procesos de negociación colectiva, siempre que correspondan al marco de la Ley Nº 31188.
Asimismo, la norma encarga al Ministerio de Educación la responsabilidad de verificar el estricto cumplimiento de estas disposiciones, garantizando que no se autoricen pagos fuera de lo permitido y que la política remunerativa se aplique sin excepciones indebidas.
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Cómo se financiará la nueva escala salarial del Minedu
La nueva escala se financia exclusivamente con el presupuesto actual del Ministerio de Educación, sin pedir recursos adicionales al Tesoro Público. Esto significa que el Minedu deberá reorganizar internamente sus fondos para cubrir los nuevos pagos.
El Ministerio de Economía registrará los nuevos montos en el sistema de planillas estatal de manera automática.
Cabe señalar que con este decreto queda derogado el Decreto Supremo 129-99-EF, que regulaba remuneraciones del ya extinto Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud.























