SBS ordena la disolución de la cooperativa Mi Empresa por inactividad
La cooperativa no presentó sus estados financieros en nueve meses y dejó de atender a sus socios. La entidad será excluida del registro nacional.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mi Empresa, tras comprobar su inactividad operativa y el incumplimiento en la entrega de información financiera, según la Resolución SBS N.° 03640-2025, publicada este jueves.
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De acuerdo con el documento, la cooperativa, inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público desde marzo de 2019, fue clasificada inicialmente como de Nivel 1 y posteriormente elevada a Nivel 2, lo que la obligaba a remitir sus estados financieros de manera trimestral.
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Sin embargo, la SBS verificó que Mi Empresa no presentó sus reportes financieros correspondientes a los periodos comprendidos entre septiembre de 2024 y junio de 2025, incumpliendo así el Manual de Contabilidad aplicable a este tipo de entidades.
En septiembre, la Superintendencia otorgó un plazo de 10 días hábiles para que la cooperativa cumpliera con regularizar la entrega de la información pendiente, pero el requerimiento venció sin respuesta. Además, durante la verificación de campo, la SBS constató que la oficina principal de la cooperativa, ubicada en la avenida Santiago, en la ciudad del Cusco, se encontraba cerrada y sin atención a sus socios.
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Ante esta situación, el organismo supervisor concluyó que la cooperativa incurrió en la causal de inactividad prevista en la Ley General del Sistema Financiero y en el Reglamento de Registro de Cooperativas, por lo que decidió declarar su disolución y disponer su exclusión del registro nacional.
La resolución también prohíbe iniciar procesos judiciales o administrativos contra la cooperativa, ejecutar resoluciones en su contra o constituir gravámenes sobre sus bienes. Además, las deudas pendientes solo devengarán intereses legales a partir del inicio del proceso de liquidación.
Como parte del procedimiento, la SBS designó a Ana Claudia Castro Rivas como administradora temporal principal, y a Johnny José Luis Cortez Misad como administrador alterno, quienes asumirán la representación de la entidad en disolución.
Entre sus funciones figuran tomar posesión de los bienes, elaborar los estados financieros y el inventario de activos y deudas, y preparar la relación de acreedores. También deberán realizar las acciones necesarias para recuperar los créditos otorgados, mantener los recursos líquidos en entidades financieras solventes y gestionar los aspectos administrativos y laborales pendientes.
La SBS recordó que la disolución no implica la extinción inmediata de la cooperativa, la cual mantendrá su existencia legal hasta que se concluya el proceso de liquidación o quiebra, momento en el que se inscribirá su extinción definitiva en los registros públicos.
Irregularidades detectadas antes de la disolución
El año pasado, la SBS ya había intervenido a la cooperativa Mi Empresa, al detectar una pérdida total de su capital social y de su reserva cooperativa. La entidad estaba inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas desde marzo de 2019 y fue clasificada inicialmente en el Nivel 1 del esquema regulatorio, lo que le permitía realizar operaciones básicas. En 2023, debido al crecimiento de sus activos, la SBS la reclasificó al Nivel 2, lo que implicaba mayores exigencias contables y de reporte.
Durante las evaluaciones posteriores, la SBS detectó serias inconsistencias contables. Entre ellas, capitalizaciones de depósitos sin respaldo regulatorio, con un impacto negativo superior a S/1,1 millón, un faltante de caja por alrededor de S/1,4 millones y omisiones en las provisiones e intereses de créditos refinanciados por más de S/59.000.
En conjunto, estos ajustes redujeron el patrimonio contable de la cooperativa a -S/2,5 millones al 31 de marzo de 2024, lo que llevó a la SBS a disponer su intervención inmediata y a exigir la presentación de estados financieros corregidos. Pese a los plazos adicionales otorgados, la entidad no subsanó las observaciones ni mejoró su situación patrimonial, lo que finalmente derivó en su disolución.























