Economía

S/1.500 millones en juego: el caso Credicorp y Sunat por venta de acciones que podría llegar a la Corte Suprema

Sunat reabrió una investigación contra Credicorp por la venta de acciones del BCP realizada en Bolsa, en el que las operaciones serían simuladas para evitar impuestos. Credicorp rechaza la acusación y sostiene que el caso ya había sido desestimado en 2023.

Credicorp cuestiona a Sunat por vulnerar "la seguridad jurídica". Experto advierte que, si se prueba un fin tributario, la operación puede ser anulada.
Credicorp cuestiona a Sunat por vulnerar "la seguridad jurídica". Experto advierte que, si se prueba un fin tributario, la operación puede ser anulada.

Hace una semana, el holding financiero Credicorp salió al frente para cuestionar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), luego de que esta reactivara un proceso tributario contra su empresa vinculada Grupo Crédito S.A. por la compra de acciones del Banco de Crédito del Perú (BCP) realizadas en 2018 y 2019. Según la compañía, el ente recaudador está modificando de forma arbitraria criterios previamente establecidos, al reabrir un caso que ya había sido evaluado y archivado por la propia entidad.

En el centro de la disputa están dos operaciones de venta de acciones del BCP, realizadas en 2018 y 2019, por las cuales Sunat exige más de S/1.500 millones en impuestos e intereses. Aunque ambas transacciones se realizaron a través de la Bolsa de Valores de Lima (BVL) y fueron autorizadas por los reguladores del sistema financiero, parece ser para Sunat que se trataría de operaciones simuladas con el único fin de evitar el pago del Impuesto a la Renta.

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Grupo Crédito —empresa compradora en ambas transacciones— rechazó esta nueva posición, calificándola como un “atropello a la seguridad jurídica” y denunciando un “cambio arbitrario de reglas de juego”. Según la compañía, las operaciones cumplieron con todos los requisitos legales vigentes: se transfirieron menos del 10% de acciones en un periodo de 12 meses, contaron con presencia bursátil, fueron registradas en Cavali y autorizadas por la SMV y la SBS.

“El caso ya había sido investigado por Sunat por una supuesta elusión tributaria, y fue desestimado por el propio Comité Revisor de la entidad en 2023. Ahora, de manera inexplicable, reabre el caso con un argumento que antes fue descartado: la simulación”, cuestionó el grupo.

La nueva hipótesis de la Sunat apuntaría a que, si bien las operaciones se realizaron formalmente en Bolsa, no respondían a una lógica real de mercado, ya que el comprador estaba previamente definido —Grupo Crédito, del mismo conglomerado— y el precio habría sido acordado con anterioridad. Bajo esa lectura, la operación bursátil sería solo una fachada para acceder a la exoneración del impuesto a la renta.

Según apunta Alfredo Guerra Arce, magíster en Derecho Tributario, Sunat había descartado que fuera una elusión o abuso de las normas para gozar de la exoneración. " Ahora volvió a la carga con un nuevo argumento, que la operación en bolsa fue una simulación", afirma.

"Si se realizó la venta de acciones manipulando los mecanismos bursátiles para fijar comprador y precio, que parecería ser lo que sostiene la Sunat, en nuestra opinión no sería un caso de simulación sino de abuso de dichos mecanismos, esto es, de elusión, lo que la misma Sunat ya habría descartado", sostiene.

Sin embargo, el abogado tributarista Rafael Inurritegui advierte que cumplir con la legalidad formal no basta para que una operación sea válida desde el punto de vista fiscal. A su juicio, una transacción puede ser legítima en la forma, pero cuestionable en su sustancia si su único objetivo es obtener un beneficio tributario.

“Si la Sunat logra probar que el objetivo preponderante de Credicorp fue exclusivamente tributario —y no un propósito económico o administrativo legítimo—, estamos ante una operación susceptible de ser desconocida o re-calificada”, explicó. En ese caso, la administración tributaria puede aplicar principios como la elusión, la economía de opción o la simulación relativa, incluso si no se trata de una simulación “burda”.

Inurritegui advierte que este tipo de controversias muestran lo frágil que puede ser la línea entre planificación tributaria legítima y elusión: “Aunque la operación sea real, la Sunat tiene la facultad de analizar su verdadera finalidad”.

¿Un caso para la Corte Suprema?

Dado el monto en disputa, sostiene Guerra Arce, el caso probablemente será judicializado y podría escalar hasta la Corte Suprema. Aunque existen precedentes en los que Sunat ha probado simulación relativa en operaciones pactadas fuera del mercado, en este caso el escenario es distinto: la misma entidad descartó previamente la elusión antes de levantar el nuevo cargo por simulación.

Según sostiene, el litigio será una oportunidad para que el Poder Judicial defina, con mayor claridad, los límites entre la legalidad formal, la elusión y la simulación, lo cual contribuiría a una mayor predictibilidad del régimen tributario peruano.

Mientras tanto, desde Grupo Crédito aseguran que se defenderán en todas las instancias y advierten que lo ocurrido genera un precedente peligroso. A su juicio, este tipo de cambios interpretativos por parte de la Sunat podrían poner en riesgo la seguridad jurídica de cualquier empresa que actúe dentro del marco legal.

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