El 9 de agosto, los fiscales, que integran el subsistema especializado en derechos humanos e interculturalidad a nivel nacional, emitieron un comunicado dirigido al titular del Ministerio Público, Juan Carlos Villena, con la finalidad de que la máxima autoridad de la Fiscalía interponga ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la denominada 'Ley de Amnistía', aprobada por el Congreso de la República en julio del presente año y promulgada el último viernes.
"Solicitar al despacho de la Fiscalía de la Nación que, en el marco de lo dispuesto en el Acuerdo n° 6541-2024 de la Junta de Fiscales Supremos y lo señalado en los artículos 203 de la Constitución Política del Perú y 98 del Código Procesal Constitucional, se interponga la demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 32107, Ley que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana", se lee en el escrito.
Asimismo, requirieron que la Junta de Fiscales Supremos emita un pronunciamiento respecto a esta norma que, a su consideración, tiene "un impacto negativo" en los trabajos que vienen realizando contra el crimen organizado y que los magistrados supremos muestren su respaldo institucional a los miembros que pertenecen al área de "subsistema especializado en derechos humanos e interculturalidad".
"Solicitar a la Junta de Fiscales Supremos que emita un pronunciamiento sobre el impacto negativo de la Ley 32107 y, también, un respaldo institucional a los señores fiscales de este subsistema especializado en derechos humanos e interculturalidad, considerando que las disposiciones de los artículos 4 y 5 de la referida ley resultan contrarias a la autonomía e independencia funcional y trastocan las garantías de estabilidad reforzada de los magistrados del Ministerio Público", señalan.
Cuestionada norma fue promulgada por el Congreso este 09 de agosto en el diario Oficial El Peruano. Foto: Diario El Peruano.
Más de 30 fiscales que integran el subsistema especializado en derechos humanos e interculturalidad rechazaron la promulgación de la norma 32107, que prescribe los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en beneficio de los acusados. En esa línea, los integrantes del Ministerio Público indicaron que con esta acción, las investigaciones que se venían realizando respecto a casos de importancia nacional se verán perjudicadas.
Señalaron que los casos Madre Mía, Humaya, Chambara, Geotendía, Lurigancho, Paccha I y II, Galván Borja podrían ser perjudicados debido a que se encuentra en etapa preliminar. Mientras las indagaciones respecto a Soras, Pichari, Ventocilla, las Gardenías Tabalosos y Chuschihuico también pueden sufrir cambios, ya que se encuentran a punto de emitirse acusaciones fiscales.
Además, los casos de Huanta 84, Chuschi, Huancapi, El Frontón, Universidad del Centro, Barrios Altos y El Santa, Huancapi, Cedruyo, Sobres Bomba, Acomarca, Hilario Trucios, Cantuta - Pativilca, entre otros se encuentran en juicio oral y podrán tomar otro rumbo en caso se aplica la Ley de Amnistía.
Los fiscales, quienes suscribieron el comunicado, expresaron su preocupación por las consecuencias negativas que se puedan presentar, debido a que el artículo 5 de la Ley de Lesa Humanidad abre la posibilidad de que cuando los magistrados de la Fiscalía adopten medidas en las investigaciones puedan ser señalados de responsables administrativos y por consiguiente, la Autoridad Nacional de Control realice procesos disciplinarios en su contra.
Esta disposición, según los miembros del Ministerio Público, supone una "amenaza el principio de independencia" de la Fiscalía y de la estabilidad en los cargos las autoridades encargadas para este tipo de casos.
"Manifestamos nuestra preocupación por las consecuencias negativas que podría generar el artículo 5 de la Ley 32107 en contra de los señores fiscales de este subsistema, puesto que, al hacerlos pasibles de responsabilidad administrativa, habilita la posibilidad de que la Autoridad Nacional de Control ejerza un control disciplinario de las decisiones que adopten en el marco de las investigaciones y procesos judiciales en los que intervienen los señores fiscales, lo cual amenaza el principio de independencia del Ministerio Público y, por ende, la autonomía fiscal", se señala.
En ese sentido, sostuvieron que la mencionada norma supone un "retroceso a la defensa de los derechos humanos" ya que "menoscaba" los trabajos de las autoridades fiscales y judiciales, encargados de hacer cumplir con la "obligación internacional" del Estado en juzgar este tipo de hechos.
Asimismo, consideraron que esta ley contrapone los "estándares internacionales" los cuales han sido desarrollados por el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos y que son de "observancia obligatoria para los Estados" quienes se han ratificado ante la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
"Presupone un retroceso en la defensa de los derechos humanos, porque menoscaba el esfuerzo que los órganos de administración de justicia se encontraban realizando a fin de cumplir con la obligación internacional del Estado de juzgar este tipo de hechos, y se contrapone abiertamente a los estándares internacionales en materia de derechos humanos desarrollados por el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos", manifiestan.