
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) tiene la potestad de sancionar económicamente a las empresas que incumplan con las normas de protección al consumidor, defensa de la competencia o propiedad intelectual.
De esta manera, las multas funcionan como un castigo correctivo a las infracciones de centros comerciales, importadoras, laboratorios farmacéuticos, cines, corporaciones nacionales e incluso multinacionales en Perú. Por este motivo, surge la duda sobre cuál es el destino de este dinero, dado que las penalizaciones pueden equivaler a millones de soles.
Indecopi asigna el dinero cobrado de las multas a su presupuesto anual, lo que permite costear sus actividades. Así, la entidad puede financiar la atención de reclamos de los consumidores, los procesos administrativos, el pago de su personal y las campañas de comunicación. Sin embargo, las sanciones que impone no son la única fuente de ingresos.
"La parte más importante proviene del registro de marcas y patentes, también del cobro de los derechos antidumping", señaló Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), en una entrevista para La República.
Además, Indecopi no recibe financiamiento del Tesoro Público, pese a que está adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. No obstante, según el especialista, existe la posibilidad de que el organismo solicite fondos para un objetivo específico al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Para determinar si una empresa será multada, Indecopi abre un proceso sancionador para investigar la supuesta infracción. De ser el caso, el organismo anuncia la pena económica en primera instancia en la Comisión de Protección al Consumidor. La entidad denunciada puede apelar en segunda instancia con el objetivo de evitar el castigo.
Así, la apelación sube a la Sala Especializada en Protección al Consumidor para resolver el caso por vía administrativa. Si los recursos del demandado fracasan, Indecopi emitirá la resolución correspondiente y podrá aplicar medidas coactivas para intervenir en los bienes de la empresa.
"Se pueden embargar los bienes de una propiedad o la propiedad misma. Luego, se inscribe en el registro público que la propiedad se encuentra embargada, con lo cual la inmovilizas", sostuvo el abogado especializado en derecho del consumidor. Incluso, es posible embargar las cuentas bancarias de la empresa multada.
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Cáceres aclaró que el consumidor que denunció a la empresa no recibirá ningún porcentaje de la multa que finalmente impone Indecopi. Sin embargo, la entidad ordena medidas correctivas en favor del demandante, las cuales se establecen en la resolución del caso.
Por ejemplo, si el cliente compró un celular defectuoso, el distribuidor multado deberá reponer el equipo móvil. "Dispone de una medida que tiene connotaciones patrimoniales. No es una compensación económica, ni mucho menos una indemnización, porque solo se dan en el ámbito judicial", precisó el experto.
A su vez, el presidente de Aspec resaltó que la empresa sancionada asumirá los costos administrativos del caso, los cuales fueron pagados inicialmente por el consumidor afectado. En consecuencia, la parte perdedora tendrá que hacerse cargo de la tasa de las denuncias (S/36) y de los honorarios del abogado.
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