Sociedad

Tras más de siete años, Indecopi declara ilegal una omisión del Minedu que bloqueaba trámites educativos

La resolución del Indecopi busca eliminar barreras burocráticas y garantizar que los CETPRO cuenten con requisitos claros para su licenciamiento y apertura de nuevos locales.

El Indecopi determinó que el Ministerio de Educación no aprobó la normativa necesaria durante más de siete años para regular los CETPRO privados, generando incertidumbre.
El Indecopi determinó que el Ministerio de Educación no aprobó la normativa necesaria durante más de siete años para regular los CETPRO privados, generando incertidumbre. | Foto: Andina/Composición LR

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) determinó que el Ministerio de Educación (Minedu) incurrió en una omisión ilegal al no aprobar durante más de siete años la normativa necesaria para establecer las condiciones básicas de calidad de los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) privados. La decisión fue adoptada por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL), que confirmó el criterio emitido previamente por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas.

La resolución beneficiaría a los CETPRO privados de todo el país, ya que la falta de regulación supondría dificultades para realizar procedimientos vinculados al licenciamiento institucional, la apertura de nuevos locales y la autorización de determinadas ofertas formativas. Según el organismo, esta situación afectaba la predictibilidad de los trámites y generaba incertidumbre sobre los requisitos que debían cumplir estas instituciones.

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Indecopi concluye que faltaba una norma clave para los CETPRO privados

De acuerdo con el análisis realizado por la autoridad administrativa, el Reglamento de la Ley General de Educación exigía que los CETPRO presentaran una declaración jurada relacionada con estándares de calidad. Sin embargo, dichos estándares debían estar definidos mediante lineamientos, una norma técnica y un cronograma de implementación que correspondía aprobar al Minedu.

La Sala señaló que, pese al tiempo transcurrido desde la entrada en vigencia de ese reglamento, la entidad educativa no emitió la normativa requerida. Como consecuencia, los centros privados no contaban con parámetros claros para cumplir adecuadamente las exigencias establecidas por la propia administración pública.

Para Indecopi, esta situación vulneró principios contemplados en la Ley del Procedimiento Administrativo General y afectó derechos relacionados con la libre iniciativa privada y la libertad de empresa.

La decisión busca dar mayor predictibilidad a los trámites educativos

La resolución ordena la inaplicación con efectos generales de esta barrera burocrática, lo que significa que la medida alcanza a todos los CETPRO privados del país y no únicamente a un caso específico.

El organismo precisó que su decisión no reemplaza las funciones normativas del Ministerio de Educación. Por el contrario, busca reafirmar la obligación de la entidad de emitir las disposiciones pendientes para que los administrados conozcan con claridad las reglas aplicables a sus procedimientos.

Según Indecopi, la ausencia de esta regulación impedía a los centros educativos prever con certeza los requisitos necesarios para obtener autorizaciones, gestionar cambios de local o avanzar en otros trámites vinculados a su funcionamiento. La entidad considera que la emisión de las normas correspondientes permitirá brindar mayor seguridad jurídica y transparencia en el sector de la educación técnico-productiva privada.

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