Sociedad

CTS 2025 para docentes: revisa desde cuándo puedes retirar el dinero y cómo consultar lo acumulado

A partir de 2025, los maestros podrán recibir el pago de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tras la aprobación de una ley por parte del Ejecutivo. Conoce aquí todos los detalles.

Se prevé que los docentes podrán realizar el trámite para recibir su CTS desde junio de este 2025. Foto: composición LR/Andina
Se prevé que los docentes podrán realizar el trámite para recibir su CTS desde junio de este 2025. Foto: composición LR/Andina

Los docentes de instituciones educativas en Perú ya pueden retirar hasta el 100% de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gracias a la reciente promulgación de la Ley 32322 por el Poder Ejecutivo. Esta normativa, que fue aprobada previamente por el Congreso, representa un importante beneficio para los profesionales de la Educación, ya que les permite acceder libremente a sus fondos de CTS. Con esta medida, miles de maestros en todo el país podrán disponer de sus recursos económicos en el momento que lo necesiten, fortaleciendo así su estabilidad financiera.

Como se recuerda, en el 2024, el Gobierno destinó S/232 millones para el depósito de CTS a los profesores nombrados que terminaron sus labores entre el 2022-2023. Tras la norma promulgada, dichos maestros que aún no han retirado el monto que les corresponde, podrán hacerlo en el plazo determinado por el Ejecutivo.

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CTS 2025 para docentes: ¿Cuándo se puede retirar el dinero?

Si los docentes deciden retirar sus fondos de CTS deben esperar 10 días calendario hasta que el Ministerio de Trabajo publique el reglamento sobre dicha acción. Para ello, las autoridades tienen un periodo máximo de 30 días, por lo que se estima que los retiros se podrán realizar a inicios de junio de este 2025.

El retiro de la CTS se efectuaría a inicios de junio de este 2025 a más tardar

El retiro de la CTS se efectuaría a inicios de junio de este 2025 a más tardar. Foto: Andina

CTS: ¿Cómo consultar cuánto dinero tengo acumulado?

Para consultar el dinero acumulado en la CTS, los trabajadores deben de consultar su entidad financiera donde reciben su sueldo. Generalmente, la cuenta CTS aparece como una cuenta separada de la de ahorros regular. Si no encuentran esta información, pueden acudir a la agencia bancaria y preguntar al respecto.

Asimismo, pueden consultar con el área de recursos humanos de la empresa en donde trabajan para conocer el monto de la CTS y en qué entidad financiera se encuentra depositado. Además, pueden contactar con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para realizar la consulta, ya sea por su página web o al número 0-800-10840. Incluso, pueden ingresar al portal de Sunafil y acudir al apartado 'Calculadora Laboral' para conocer el dinero acumulado correspondiente a la CTS.

Docentes podrán conocer sus fondos de CTS al consultar en el portal de Sunafil

Docentes podrán conocer sus fondos de CTS al consultar en el portal de Sunafil. Foto: Andina

¿Cómo retirar la CTS?

  • Acceder a tu cuenta CTS: El trabajador deberá consultar con el área de Recursos Humanos de la empresa en donde labora o con el banco donde se deposita tu CTS para conocer el número de cuenta.
  • Decide el monto a retirar la CTS: El empleado será el responsable del retiro total o parcial de sus fondos.
  • Realiza el retiro: Los fondos de la CTS se transfieren a una cuenta de ahorros. Para obtenerlos, los trabajadores deberán de ir a las agencias bancarias con su DNI y tarjeta de débito, o acudir a un cajero automático para retirar en efectivo el monto de la tarjeta asociada a la cuenta CTS.

Promulgación de ley de retiro de la CTS

Este viernes 9 de mayo, el Poder Ejecutivo promulgó la ley 32322 que autoriza el retiro del 100% de los fondos de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta norma precisa que se podrá realizar retiros parciales del 50% y que los trabajadores diagnosticados con alguna enfermedad terminal o cáncer podrán disponer de su dinero en cualquier momento.

"Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación de Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición", se precisa en la ley.

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