Universitario perdió 1-0 ante Botafogo en el Monumental
Política

Junta Nacional de Justicia: para juristas, el Tribunal Constitucional no puede anular la cautelar

Reacciones. Marianella Ledesma explicó que la demanda de amparo de la JNJ no tiene que ver con la sentencia competencial referida a la elección del defensor del Pueblo. Walter Albán calificó actuación del Congreso como una “leguleyada”. 

Arremetida. La JNJ no tiene respiro. Ya el procurador del Congreso le pidió al Tribunal Constitucional que anule la medida cautelar que el Poder Judicial dictó a favor de esta institución. Foto: difusión
Arremetida. La JNJ no tiene respiro. Ya el procurador del Congreso le pidió al Tribunal Constitucional que anule la medida cautelar que el Poder Judicial dictó a favor de esta institución. Foto: difusión

Juristas como Marianella Ledesma, Walter Albán, Omar Cairo y Luciano López señalaron que el Tribunal Constitucional (TC) no puede declarar la nulidad de la medida cautelar dictada por la Tercera Sala Constitucional del Poder Judicial a favor de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que suspendió provisionalmente los efectos de las imputaciones de los cargos que le hace la Comisión de Justicia del Congreso.

La exmagistrada del TC Marianella Ledesma explicó que la primera razón para que el TC no pueda proceder con esta nulidad es que ninguna autoridad puede interferir en un proceso abierto o en giro. Esto está estipulado en el artículo 139 de la Constitución. “Ninguna autoridad puede interferir en un proceso abierto”, subrayó Ledesma.

Proceso diferente

El procurador del Poder Legislativo, Manuel Peña Tavera, presentó ante el TC una solicitud para que se disponga “la inmediata nulidad” de la medida cautelar, en ejecución de la sentencia competencial (expediente 00003-2022-PCC/TC).

Ledesma aclaró que en dicho fallo se discutieron los límites de intervención del Poder Judicial frente a los actos del Poder Legislativo sobre el caso concreto del nombramiento del defensor del Pueblo, el mismo que ya concluyó.

En ese sentido, sostuvo que la demanda de amparo promovida por los miembros de la JNJ ante el Poder Judicial es un proceso diferente que está referido a la tutela de derechos y que no están en discusión las competencias entre el Congreso y la JNJ.

Se trata de un proceso de amparo en el que se busca la tutela constitucional frente a la afectación de las garantías básicas de un debido proceso, como es la ausencia de una norma legal que regule el tipo de falta grave en el actuar de los miembros de la JNJ”, indicó.

Leguleyada

Por su parte, el jurista Walter Albán también afirmó que el TC no tiene la posibilidad de decidir sobre la nulidad de la cautelar a favor de la JNJ. También comentó que la actuación del Congreso de pretender su anulación, apelando a la sentencia competencial referida a la designación del defensor del Pueblo, es una artimaña jurídica del Congreso.

“Esto es lo que criollamente la gente común conoce como una leguleyada, porque lo que cabe contra cualquier decisión judicial, cuando alguien se siente afectado, es impugnarla, y lo que corresponde es que el Congreso apele. Entonces, fuerzan esta figura de una nulidad que, en principio, el Tribunal Constitucional no tiene ninguna posibilidad de decidir”, declaró.  

Consideró que, en el fondo, el Parlamento confía en que tendrá el respaldo del TC.    

“Como confían en que cuentan con el respaldo suficiente dentro del Tribunal Constitucional, quieren forzar una nulidad para no tener que esperar tanto. Lo único que se lanza al país es el mensaje de que acá el que tiene el poder hace lo que quiere, porque las leyes existen para el resto de los ciudadanos, no para el Congreso”, declaró.

A su turno, el constitucionalista Omar Cairo también dijo que el TC no puede anular la medida cautelar a favor de la JNJ. Destacó que el fallo del proceso competencial puede extender sus efectos a otras resoluciones judiciales que se expidan en los amparos iniciados por el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo —objeto de la referida sentencia—, pero no a resoluciones expedidas en un proceso de amparo distinto, como es el iniciado por los magistrados de la JNJ contra el Congreso.

Luciano López dijo que, desde el punto de vista jurídico, el pedido del procurador debería ser declarado improcedente por el Tribunal porque “no tiene relación alguna con los casos específicos resueltos por el TC”.

“Si el Congreso considera que están afectadas sus competencias, que haga una nueva demanda contra el Poder Judicial, pero no podría hacerlo en un pedido de ejecución de sentencia, tratando de hacer cumplir un fallo emitido por casos en donde no aparece en la foto la JNJ”, afirmó.

Próxima semana se verá DC contra Tello

El vocero de Renovación Popular, Jorge Montoya, informó que la próxima semana se presentará la denuncia constitucional contra la magistrada de la JNJ Inés Tello, en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC). La causa de la demanda es por la edad de 75 años de Tello.

El parlamentario indicó que los siete magistrados tendrán que declarar ante la SAC, al sostener que estos confabularon a favor de la magistrada para que continúe en la JNJ.

Datos

  • Origen. La Comisión de Justicia del Congreso emitió un informe, con cargo a redacción, en el que acusa a la JNJ de faltas graves.
  • Freno. El informe no puede ser votado en el Congreso por una cautelar a favor de la JNJ.

Licenciada en Ciencias de la Información con especialidad en periodismo de la Universidad de Piura (UDEP). Redactora de la sección política del diario La República. Experiencia como redactora e investigadora para el área política de otros medios impresos y de televisión.