TC declara infundadas demandas contra Ley que prescribe delitos de lesa humanidad y pone en riesgo que jueces puedan inaplicarla
El Tribunal Constitucional mantuvo vigente la Ley 32107 al declarar infundadas las demandas que buscaban anularla. La norma, aprobada por el Congreso, limita el alcance de los delitos de lesa humanidad y abre la posibilidad de prescripción para crímenes cometidos antes del 2002.
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El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundadas, por falta de votos, las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público contra el Congreso de la República por la Ley que prescribe delitos de lesa humanidad (Ley 32107), la norma que limita la aplicación de los delitos de lesa humanidad y permite la prescripción de crímenes cometidos antes del 2002. Con cuatro votos a favor y tres en contra, el TC no alcanzó los cinco votos necesarios para dejar sin efecto la ley, por lo que esta se mantiene vigente.
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Los votos de los magistrados Pacheco Zerga, Morales Saravia, Ochoa Cardich y Hernández Chávez permiten que la norma pueda ser constitucional, mientras que Domínguez Haro, Gutiérrez Ticse y Monteagudo Valdez se manifestaron en contra de esta decisión a través de su voto.
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Tras conocerse este fallo, el abogado penalista César Azabache señaló que no impide que los jueces puedan inaplicar la ley en casos concretos. "El TC ha declarado infundada por falta de votos la demanda contra la ley sobre prescripción de crímenes de lesa humanidad.", sostuvo.
"Pero esto no impide inaplicarla: la aplicación se basa en una sentencia anterior, del año 2001. emitida por la Corte Interamericana de DDHH. Esta sentencia, la del TC, que declara insuficiencia de votos para fallar, no basta para remover el carácter vinculante de la sentencia de la Corte IDH", agregó mediante sus redes sociales.
Por su parte, Gisela Ortiz, exministra de Cultura y hermana de una de las víctimas del caso La Cantuta, advirtió que los próximos pasos del Congreso y sus aliados estarán orientados a consolidar los efectos de la denominada Ley de Amnistía, una norma que, según señala, termina beneficiando a sentenciados por violaciones de derechos humanos y creando un escenario en el que la impunidad podría imponerse.
"Lo que hace es debilitar mucho más al TC que defiende otros favores políticos y no defendiendo ley ni normas y menos los DD.HH. creo que ese debe quedar en evidencia. Es más un favor para beneficiar a violadores de derechos humanos. El riesgo es para los nuevos procesos que tiene la Fiscalía y que ya no puede acusarlos por delitos de lesa humanidad y los tribunales de justicia ya no pueden condenar. Los abogados de los acusados se ampararán en esta decisión del TC", declaró para este medio.
En esa misma línea, el Director ejecutivo de Fedepaz, David Velasco, señala que "la gran mayoría de casos ya los órganos judiciales se han pronunciado qué esa ley de prescripción al vulnerar la Convención IDH no es aplicable y considero que ante nuevos intentos reiterarán esa postura señalando que no hay norma interna (tampoco Resolución Judicial o del TC) , ni siquiera de carácter constitucional qué pueda contradecir un tratado internacional y menos de DDHH".
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CNDDHH rechaza decisión del Tribunal Constitucional
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresó su rechazo al reciente fallo del Tribunal Constitucional que declaró infundada la demanda contra la Ley que prescribe delitos de lesa humanidad, norma que permite la prescripción de crímenes cometidos antes del 2002. Según señalaron, la decisión afecta directamente los procesos vinculados a graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno.
"Este fallo ignora los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y desconoce las advertencias de fiscales especializados en derechos humanos, quienes han señalado que estos delitos son imprescriptibles y no pueden quedar sin justicia", señalaron.

Comunicado CNDDHH.
Con la decisión del Tribunal Constitucional de declarar infundadas las demandas contra la Ley 32107, se abre paso a que crímenes cometidos durante el conflicto armado interno, como los casos La Cantuta, Barrios Altos, El Santa, Pativilca, Accomarca, Putis, entre otros, puedan ser declarados prescritos, lo que podría perjudicar investigaciones en curso y juicios por graves violaciones de derechos humanos.
El fallo del TC también fortalece la posición del Congreso frente a los jueces, pues la Ley 32107 obliga a las autoridades judiciales a aplicar este criterio temporal de manera directa. Con ello, se abre la puerta para que procesados en estos casos emblemáticos soliciten la prescripción de sus procesos, tal como menciona Gisela Ortiz. Esto plantearía un escenario en el que Fiscalías y tribunales podrían ver restringida su capacidad de continuar investigando hechos que el derecho internacional considera imprescriptibles.























