Economía

Para cobrar el Fonavi, herederos de fonavistas fallecidos necesitan presentar documentos según su parentesco en el Banco de la Nación

En 2025, el gobierno aprobó el tercer y el cuarto grupo de reintegro del Fonavi, padrones que también benefician a los herederos de fonavistas fallecidos. El cobro se realiza en el Banco de la Nación.

Los herederos del fonavista fallecido pueden cobrar la devolución de aportes en el Banco de la Nación.
Los herederos del fonavista fallecido pueden cobrar la devolución de aportes en el Banco de la Nación. | Foto: composición LR/IA

Los exafiliados del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) recibieron dos buenas noticias en 2025, gracias a la aprobación de dos padrones, como Reintegro 3 en abril y Reintegro 4 en agosto. De esta manera, cientos de miles de adultos mayores lograron recuperar su dinero tras décadas de espera.

Escucha la noticiaTexto convertido en audio

Inteligencia Artificial

Sin embargo, muchos fonavistas fallecieron debido a su avanzada edad. Por esta razón, la Secretaría Técnica del Fonavi establece que sus familiares tienen el derecho de cobrar los aportes. Para ello, es necesario acreditar su relación con los beneficiarios titulares en las sedes del Banco de la Nación.

TE RECOMENDAMOS

DELIA ESPINOZA QUIERE VOLVER Y TOMÁS GÁLVEZ NO SUELTA EL CARGO | ARDE TROYA CON JULIANA OXENFORD

¿Cuáles son los documentos que necesitan los herederos de fonavistas fallecidos?

En primer lugar, el familiar debe llamar a la central telefónica (640-8655), ingresar a la página web (clic aquí) o acudir a los módulos Mejor Atención al Ciudadano (MAC) para confirmar la inclusión del fonavista fallecido. Si está registrado, el heredero deberá presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI).

Además, se requiere contar con la Declaración Jurada de Beneficiario de Fonavista Fallecido, ya que expresa tener la condición de beneficiario y de no conocer a terceros con mayor o igual prioridad que él para solicitar el pago. También se debe entregar la copia certificada de la partida o el acta de defunción del beneficiario fonavista fallecido, con no más de 30 días calendario desde que fue expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros, según corresponda.

Documentos de los herederos de fonavistas según su vínculo

Por último, en caso de que la devolución de aportes sea menor a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), los familiares deben mostrar este documento, de acuerdo con su relación con el titular:

  • Si es viudo: copia certificada de partida o acta de matrimonio, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros.
  • Si fue conviviente: certificado actualizado de su inscripción en el registro de personas naturales, en el que conste la unión de hecho, emitido por la Sunarp, el cual no debe tener antigüedad mayor de 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.
  • Si es hijo: copia certificada de la partida o acta de nacimiento, del suscrito y los otros beneficiarios declarados, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros.
  • Si es hijo con discapacidad total permanente: copia certificada de la partida o acta de nacimiento, del suscrito, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros, y copia certificada o legalizada del documento que acredite la discapacidad emitida por el Conadis que no debe tener más de 30 días calendario de emitido.
  • Si es padre o madre: copia certificada de la partida o acta de nacimiento del fonavista fallecido, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros.
  • Si es hermano: copia certificada de la partida o acta de nacimiento del fonavista fallecido, con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros, y copia certificada de la partida o acta de nacimiento del suscrito y de los otros beneficiarios declarados con no más de 30 días calendario de haber sido expedida por el Reniec, municipalidades, entre otros. En caso de que no haya otros beneficiarios, solo adjuntar la del solicitante.
  • Si es “otros”: copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada (o copia certificada de la resolución judicial y la resolución que la declara consentida) o el testimonio o copia legalizada del testamento, así como el certificado literal emitido por la Sunarp donde conste inscrita la sucesión intestada definitiva o el testamento y su ampliación, de ser el caso. No debe tener antigüedad mayor de 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.

¡Sigue a La República en WhatsApp! Únete a nuestro canal desde tu celular y recibe las noticias más importantes de Perú y el mundo en tiempo real.

Lo más visto
Lo último
Sunat inició la afiliación automática del RUC a personas naturales que cumplan estos indicadores económicos: norma ampliará la base tributaria peruana

Sunat inició la afiliación automática del RUC a personas naturales que cumplan estos indicadores económicos: norma ampliará la base tributaria peruana

LEER MÁS
Ministerio de Economía y Finanzas aprueba nueva escala salarial y gratificaciones para este grupo de trabajadores públicos: conoce los nuevos montos según la categoría

Ministerio de Economía y Finanzas aprueba nueva escala salarial y gratificaciones para este grupo de trabajadores públicos: conoce los nuevos montos según la categoría

LEER MÁS
Beneficiarios de la ONP pueden cobran pensión máxima de S/893 si cumplen estos requisitos en 2025, pero tiene descuento

Beneficiarios de la ONP pueden cobran pensión máxima de S/893 si cumplen estos requisitos en 2025, pero tiene descuento

LEER MÁS
Dólar en Perú HOY, miércoles 12 de noviembre: consulta aquí su cotización en bancos y casas de cambio

Dólar en Perú HOY, miércoles 12 de noviembre: consulta aquí su cotización en bancos y casas de cambio

LEER MÁS
Inversionistas peruanos en Puerto de Chancay no ven aún beneficios

Inversionistas peruanos en Puerto de Chancay no ven aún beneficios

LEER MÁS
Este nuevo centro comercial se construirá en conocido e histórico distrito de Lima Metropolitana: inversión del mall sería de S/80 millones

Este nuevo centro comercial se construirá en conocido e histórico distrito de Lima Metropolitana: inversión del mall sería de S/80 millones

LEER MÁS

Ofertas

Últimas noticias

Xiomy Kanashiro responde a las especulaciones de boda con Jefferson Farfán: "Es una pieza muy importante en mí"

Toyota del Perú y el Gobierno Regional del Callao promueven el cuidado del medio ambiente a través del concurso ambiental “A la Chalaca”

Mr Peet se rinde ante nuevo convocado de la selección peruana para los amistosos en Rusia: "Es un chico que nos puede cambiar la vida"

Economía

Retiro AFP 2025: estas son las entidades donde puedes recibir hasta S/21.400 en octubre

Ya están habilitados los enlaces para solicitar hasta 4 UIT en Hábitat, Integra, Prima y Profuturo

Dólar en Perú HOY, miércoles 12 de noviembre: consulta aquí su cotización en bancos y casas de cambio

Estados Unidos

Elecciones en Nueva York 2025: Zohran Mamdani gana la alcaldía y triunfo le da un fuerte golpe a la era Trump

El 11S el atentado terrorista con más víctimas de la historia: alrededor de 3.000 afectados y cuestionó la seguridad global

Estos son los 5 mejores destinos del mundo para hacer trekking: están en Estados Unidos, España y Perú

Política

Tomás Gálvez ignora carta de Delia Espinoza: esperará la resolución de la JNJ que la repone al cargo de fiscal de Nación

Demolición fiscal: Carlincatura expone mecanismos para buscar desarticular equipos especiales en el Ministerio Público

Oxenford sobre demora en reponer a Delia Espinoza como fiscal de la Nación: "JNJ no puede hacer lo que se le da la gana"