MEF aprueba reforma de pensiones más de dos meses después de su fecha límite
La nueva normativa implementa el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), que establece tres pilares: no contributivo, semicontributivo y contributivo, y requiere la afiliación obligatoria a partir de 2027.
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La Ley de modernización del sistema previsional peruano (Reforma de Pensiones) fue aprobada por el Congreso el 6 de junio de 2024, promulgada por el Poder Ejecutivo el 25 de septiembre de 2024 (Ley N.º 32123), y su reglamento fue aprobado y publicado el 5 de septiembre de 2025 mediante el Decreto Supremo N.° 189-2025-EF.
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De esta forma, se puso fin a un retraso de más de dos meses, ya que el Ministerio de Economía y Finanzas superó el plazo legal de 180 días hábiles, que había vencido el jueves 26 de junio, por razones que aún no han sido explicadas.
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“Este reglamento es resultado de un proceso de consulta con todos los sectores involucrados y constituye un hito fundamental en la reforma previsional. Sus medidas permitirán que la modernización del sistema se ejecute de manera ordenada y progresiva”, afirmó el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, en nota de prensa.
La norma, refrendada por la presidenta Dina Boluarte y tres ministros de Estado, implementa el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), diseñado como un esquema único, universal e integrado.
¿Qué establece el nuevo sistema de pensiones?
El reglamento organiza el sistema en tres pilares —no contributivo, semicontributivo y contributivo—, establece la afiliación obligatoria a partir de los 18 años desde junio de 2027, así como la incorporación progresiva de los trabajadores independientes desde 2028, comenzando con 2% y subiendo a 5% en 2034.
También crea la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), bajo la gestión de la ONP y la SBS, y regula el cobro de comisiones por administración y el pago de la prima de invalidez y sobrevivencia en el SPP, cuyos porcentajes serán definidos por la SBS y el mercado asegurador.
Sobre este punto, Alejandra Dinegro, socióloga y especialista en temas laborales, advierte que la parte fija de la comisión por productividad corre el riesgo de convertirse en una “comisión disfrazada”. “Aunque el componente variable depende de la rentabilidad obtenida, la existencia de una porción fija puede replicar la lógica de la antigua comisión por flujo: ingresos asegurados para las AFP sin importar los resultados de la inversión. Desde la mirada laboral, esta situación podría ser interpretada como una nueva forma de asimetría de poder entre las aseguradoras y los afiliados”, sostuvo.
La especialista añadió que la comisión por productividad representa un intento por corregir una de las críticas más recurrentes al sistema: la desconexión entre los resultados obtenidos y lo que pagan los afiliados.
“Al introducir un mecanismo en el que los ingresos de las administradoras dependen, al menos parcialmente, de la capacidad de generar buenos rendimientos, se busca incentivar la competencia. Sin embargo, este punto ya ha sido cuestionado por el oligopolio del sector. Para algunos, la medida puede contribuir a que los afiliados perciban mayor justicia en la relación con los gestores de sus fondos; para otros, es solo una nueva norma con mejores rentabilidades ‘trampa’”, advirtió.
Para evitar abusos, Dinegro sostuvo que la SBS debería asumir un rol regulador fuerte, acotando y revisando periódicamente esa parte fija en función de los costos reales de administración. Asimismo, resaltó la importancia de difundir la información de manera clara y sencilla hacia los afiliados: “La legitimidad de la reforma depende tanto de los números como de la confianza social”.
Asimismo, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas realice evaluaciones quinquenales del sistema para monitorear su sostenibilidad.
Críticas al diseño del SIPP
El problema, según Álvaro Vidal, abogado especialista en sistemas pensionarios, es que “se ha aprobado un esquema de ahorro obligatorio en el que además todo el aporte recae únicamente en el trabajador, a diferencia del resto de países vecinos donde también hay aporte del empleador (…) Así nunca va a alcanzar para que las pensiones sean suficientes. Eso está demostrado a nivel internacional”.
Para él, la Ley N.° 32123 no establece realmente un sistema de pensiones mixto, sino un sistema que favorece a las privadas, pues de lo contrario se habría aprobado una pensión básica universal para todas las personas adultas mayores.
¿Qué es un sistema mixto de pensiones?
En el debate previsional internacional, un sistema mixto de pensiones combina dos componentes:
- Un pilar de reparto que asegura una pensión básica universal financiada por el Estado y los empleadores.
- Un pilar de capitalización individual como ahorro complementario para quienes aportan.
Este modelo busca dar seguridad mínima garantizada a toda la población y, al mismo tiempo, incentivar el ahorro para quienes pueden contribuir más.
En palabras de Raúl Mercau, economista argentino, “un sistema mixto, con un piso universal de reparto y capitalización complementaria, bien regulada y con comisiones razonables, es el camino realista para economías con alta informalidad”.
Lecciones de Chile y Argentina
El debate previsional en Perú se alimenta de la experiencia regional:
- Chile: Su sistema de capitalización individual, instaurado en 1981, acumuló fondos gigantescos y fortaleció el mercado financiero, pero generó pensiones insuficientes y legitimidad erosionada. Hoy, el gobierno de Gabriel Boric impulsa una reforma para transitar hacia un sistema mixto con más reparto. El economista Andrés Solimano señala que los cambios aprobados “tardarán entre cinco y diez años en mostrar resultados consolidados”.
- Argentina: El paso por la capitalización privada dejó lecciones de baja cobertura y volatilidad. Nicolás Machuca, especialista en temas previsionales, sostiene que “los retiros sucesivos y cambios en la movilidad jubilatoria han dejado muchas pensiones por debajo de lo necesario para una vida digna”.
Desde Perú, Vidal subrayó que el contraste es claro: en Chile existe pensión universal y aportes graduales de los empleadores (hasta 8,5% del salario), mientras que en el Perú se retiene alrededor del 13% solo al trabajador. “Si se implementara un sistema como el chileno, donde la empresa aporta hasta un 8,5%, el aporte del trabajador se reduciría, tendría más liquidez y mayores ingresos”, sostuvo.
¿Por qué el nuevo sistema previsional duraría dos años?
El punto más sensible es la incorporación de los trabajadores independientes. Según Vidal: “La reforma de pensiones con esta retención inicial duraría apenas dos años, ya que los independientes —varios millones de independientes, autónomos y autoempleados— cuestionarían la norma, llevando probablemente a su derogación, tal como ocurrió en el intento de reforma de 2013-2014”.
Este escenario haría que la reforma, pese a su despliegue normativo, tenga un horizonte muy corto.
Entre ganadores y perdedores sociales
Para Alejandra Dinegro, la reforma previsional que introduce la comisión por productividad tendrá impactos sociales diferenciados. Entre los ganadores se encuentran los afiliados más jóvenes, que podrán beneficiarse de un esquema que premia la rentabilidad y que, en teoría, puede elevar sus pensiones a futuro; también el Estado, que recupera cierta legitimidad en un sistema históricamente cuestionado.
En cambio, los “perdedores” potenciales son los afiliados de mayor edad o cercanos a la jubilación, pues difícilmente verán cambios sustanciales en sus pensiones y podrían sentirse nuevamente marginados. Asimismo, las AFP enfrentan la tensión de adaptarse a un esquema más competitivo y transparente.
“En otras palabras, la reforma abre una oportunidad de reconstruir la confianza ciudadana en el sistema previsional, pero también corre el riesgo de generar nuevas frustraciones si los resultados no se traducen en mejoras visibles en el corto plazo”, concluyó.























