Congreso insiste en ley que facilita devolución de entradas a conciertos cancelados en Perú
Comisión Permanente del Congreso decidió allanarse a la observación que hizo el Poder Ejecutivo respecto a la autógrafa de ley que regula el proceso de venta y reembolso de entradas a conciertos.
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En muchas ocasiones, las productoras de eventos cancelan conciertos y no devuelven el dinero a los usuarios que estaban ilusionados con disfrutar el espectáculo de su artista favorito. Para enfrentar esta situación, la Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen de allanamiento a la autógrafa de ley que regula el procedimiento de venta y restitución del costo de las entradas.
Según el titular de la Comisión de Defensa del Consumidor, Manuel García (APP), su grupo de trabajo atendió la observación del Poder Ejecutivo y retiraron la referencia al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) que estaba contenido en el artículo cuatro de la norma, ya que dicha institución no tiene competencia sobre las Inspecciones.
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"La observación es puntual. Solamente pide retirar del artículo cuarto de la Autógrafa la referencia al informe técnico favorable del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), como condición para la realización de conciertos. En este sentido, el dictamen recomienda allanarse a la observación formulada al artículo 4", explicó el legislador a sus colegas.
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Ley para facilitar devolución de entradas a conciertos cancelados
La autoría de este proyecto de ley le pertenece a la congresista de Podemos, Digna Calle. Según la legisladora, su propuesta es el inicio de una serie de reformas que garantizarán el respeto de las empresas hacia los clientes, ya que se hacía necesario regular la venta de entradas a eventos de concurrencia masiva para disuadir la comercialización de entradas falsas y acabar con las injusticias.
"Compras una entrada para un concierto y cuando llegas al evento fue cancelado o lo encuentras saturado. Un caso que genera frustración, tiempo perdido y dinero que no regresa. Con mi proyecto, esto cambiará. Los organizadores estarán obligados a devolver el costo total de la entrada. Libertad de empresa sí, pero siempre respetando los derechos del consumidor", explicó en sus redes sociales.
Por su parte, Manuel García Correa señaló que ha quedado claramente definido que los gobiernos regionales y locales tienen la facultad para llevar a cabo las revisiones técnicas de seguridad en las edificaciones, y les corresponde otorgar las autorizaciones para la realización de conciertos. Además, resaltó que la ley aprobada fija un procedimiento ágil para la devolución del costo total de la entrada adquirida por le consumidor, el cual no debe exceder los 15 días hábiles.
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Esto aplicará en caso de que ocurra una variación del lugar, de la fecha o del objeto del concierto y el consumidor no acepta las nuevas condiciones o no las considera adecuadas a sus intereses. En caso de que exista un saldo del costo de las entradas que no pudo ser devuelto en 120 días, el dinero será entregado al Indecopi.
"Al aprobar esta ley, vamos a avanzar en la defensa de los consumidores, orientaremos la labor de Indecopi para sancionar a malos proveedores que incumplan con devolver el dinero cuando se cancelan los conciertos y contribuiremos a una mejor identificación de los espectadores, combatiendo a falsificadores de entradas", enfatizó García.
Como se recuerda, el texto sustitutorio había sido aprobado por el Pleno en noviembre y diciembre del año pasado. No obstante, la autógrafa de ley fue observada por el Poder Ejecutivo debido a las razones expuestas al inicio de la nota. Una vez que la irregularidad fue subsanada, la norma quedó lista para su publicación en el diario El Peruano.























