Corte de Estados Unidos confirma que Municipalidad de Lima debe pagar US$200 millones a Rutas de Lima por caso peajes
Fallo. La Corte de Apelaciones del distrito de Columbia en EE.UU. respaldó los fallos arbitrales que ordenan a la Municipalidad de Lima pagar cerca de US$200 millones al consorcio Rutas de Lima, al concluir que no existen pruebas suficientes de corrupción para anular el contrato de concesión firmado en 2013.
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La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia (Estados Unidos) ratificó el último 24 de junio dos laudos arbitrales internacionales que ordenan a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) pagar aproximadamente US$200 millones a Rutas de Lima, consorcio encargado de operar tres vías concesionadas en la capital (la Panamericana Norte, Sur y carretera Ramiro Prialé).
Dicha decisión confirma la resolución publicada en marzo del 2024 por un tribunal del distrito de Washington D.C., que ya había desestimado los alegatos de la comuna limeña, la cual afirmaba que el contrato de concesión de 2013 era inválido por presunta corrupción relacionada con la compañía brasileña Odebrecht.
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La concesión fue otorgada en 2013 al consorcio Rutas de Lima, inicialmente liderado por Odebrecht y actualmente bajo control de Brookfield Infrastructure (principal accionista), por un periodo de 30 años.

Fallo emitido por la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia en el caso Municipalidad Metropolitana de Lima vs. Rutas de Lima, resuelto el 24 de junio de 2025.
En 2013, la Municipalidad de Lima y la empresa Rutas de Lima firmaron un contrato para construir, mejorar y operar varias vías urbanas en la ciudad. Según el acuerdo, Rutas se encargaría de financiar y ejecutar el proyecto, y a cambio, recibiría ingresos por el cobro de peajes.
La Municipalidad, por su parte, debía realizar algunos trabajos previos en la infraestructura ya existente, pero si no lo hacía, Rutas podía asumir esa tarea. Entre 2014 y 2016, ambas partes firmaron nuevos acuerdos que cambiaron esas obligaciones: ahora Rutas se encargaría de los trabajos preliminares que debía hacer la Municipalidad, y a cambio se autorizaban aumentos en las tarifas de peaje.
En 2017, tras la implementación del peaje "Nueva Chillón" en el distrito de Puente Piedra, se desató una desenfrenada ola de protestas ciudadanas y disturbios en rechazo a la tarifa. En respuesta, la Municipalidad canceló el cobro y se negó a cumplir con los aumentos de tarifas programados en otras unidades, lo que llevó al concesionario a iniciar arbitrajes conforme al reglamento de Uncitral (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), administrados por la Corte Permanente de Arbitraje, con sede en Washington D.C.

Protestas en casetas de peaje de Puente Piedra en 2017. Foto: ANDINA/Melina Mejía
En 2020, un tribunal arbitral encabezado por Alexis Mourre resolvió que la Municipalidad de Lima debía pagar US$68 millones, además de intereses por cancelar el peaje, monto que con el tiempo ha trepado a los US$190 millones. En 2022, un segundo tribunal otorgó otros US$7,2 millones a favor del consorcio por la demora en aplicar los ajustes tarifarios.
Los argumentos de la Municipalidad de Lima que no prosperaron
La Municipalidad de Lima, a su vez, alegó que el contrato de concesión y los acuerdos relacionados eran nulos porque la empresa matriz de Rutas, Odebrecht, sobornó a funcionarios locales, incluyendo a la exalcaldesa Susana Villarán, para asegurar los acuerdos.
Dos tribunales arbitrales rechazaron los argumentos de la Municipalidad de Lima y emitieron laudos a favor de Rutas de Lima. Ambos tribunales concluyeron que no existían pruebas suficientes que vincularan los pagos corruptos de Odebrecht con la adjudicación del contrato de concesión mediante soborno y fraude.

Corte de Apelaciones de EE.UU considera "que el Tribunal de Distrito no se equivocó al negarse a anular los laudos arbitrales basándose en los argumentos de Lima de que la ejecución del contrato de concesión violaría la política pública de los Estados Unidos". Los tribunales arbitrales concluyeron que Lima no logró demostrar que Rutas obtuvo el Contrato de Concesión y otros acuerdos mediante sobornos o fraude.
En tanto, Lima presentó una demanda ante el Tribunal de Distrito en Estados Unidos, en la que solicitaba la anulación de los dos laudos arbitrales de conformidad con la Ley Federal de Arbitraje, mientras que Rutas de Lima a su vez, presentó una contrademanda para confirmar los laudos.
En su alegato, la Municipalidad de Lima argumentó que su confirmación violaría la política pública estadounidense al respaldar contratos supuestamente obtenidos mediante corrupción, que Rutas de Lima cometió fraude al negar falsamente tener documentos importantes durante el primer arbitraje, y que el segundo tribunal arbitral incurrió en mala conducta al rechazar ciertas pruebas. Sin embargo, el tribunal desestimó todos estos argumentos y decidió confirmar los laudos, dándole la razón a Rutas de Lima.

Rafael López Aliaga sostiene que se parte de un contrato corrupto en los peajes de Rutas de Lima.
De acuerdo a la sentencia, "el Tribunal de Distrito no incurrió en error al rechazar la alegación de Lima de que no pudo presentar su caso ante el primer tribunal debido a las supuestas respuestas falsas de Rutas al descubrimiento de pruebas".
La comuna de Lima sostuvo que el consorcio ocultó documentos durante el arbitraje y que hubo errores en la admisión de pruebas, pero la corte concluyó que no hubo daño sustancial y que los árbitros evaluaron debidamente los elementos presentados.

La Corte rechazó el argumento de la Municipalidad de Lima de que los laudos arbitrales a favor de Rutas de Lima deben ser anulados por supuesta corrupción. Sostuvo que no hay pruebas suficientes que demuestren que el contrato de concesión fue obtenido mediante sobornos de Odebrecht.
Tercer arbitraje y demanda ante el CIADI
Días antes del fallo de apelación, la jueza Ana Reyes también había rechazado una solicitud de la Municipalidad de Lima para suspender la ejecución del laudo, señalando que Lima no demostró posibilidades reales de éxito ni motivos para demorar el cumplimiento de un fallo vigente desde hace más de tres años.
Recordemos que el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, contrató al abogado Martin De Luca, del estudio neyorkino Boies Schiller Flexner —conocido por su cercanía al expresidente Donald Trump— para llevar los casos legales contra Brookfield, principal accionista de Rutas de Lima. La firma ha solicitado que se anulen los laudos arbitrales previamente validados, argumentando que el estudio Foley Hoag, que antes representaba a la Municipalidad de Lima, habría tenido un conflicto de intereses debido a sus vínculos con Brookfield.
Por su parte, Brookfield ha presentado una demanda ante el CIADI contra el Estado peruano por US$2.700 millones, alegando una afectación a su inversión en la concesión de los peajes por la supuesta expropiación de tramos de la concesión mediante una serie de ordenanzas municipales y acciones del Estado.
Además, el consorcio mantiene un tercer arbitraje Uncitral contra el municipio de Lima, en el que se dictaron medidas para evitar que la concesión sea terminada de forma anticipada, decisión que la comuna también intentó revertir sin éxito.



























