Academia Aula 20 multada por Indecopi con S/15.553 por publicidad engañosa sobre ingresantes a la UNMSM
La academia Aula 20 recibió una multa de Indecopi de S/15.553 por una polémica publicidad sobre ingresantes a la UNMSM. Aunque el centro de preparación universitaria apeló, la sanción fue solo reducida parcialmente.
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Indecopi multó a la academia preuniversitaria Aula 20 - Exigimos Más E.I.R.L. con una suma de S/15.553 por publicidad engañosa. De acuerdo con el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, la institución preuniversitaria no presentó la lista oficial de los 350 ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), como anunciaban en sus redes sociales.
La denuncia fue presentada por una estudiante quien, atraída por las altas cifras de ingresantes en los exámenes de admisión 2024-I y 2024-II de San Marcos, anunciado por la academia Aula 20, pese a no contar con un documento verídico que respaldara dicha información, decidió matricularse en la institución. Sin embargo, al solicitar la lista oficial a través de WhatsApp, no recibió una respuesta clara y, en su lugar, fue redirigida a revisar fotos y videos en las redes sociales.

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La joven estudiante mencionó, además, que no recibió el comprobante de pago por los S/400 cancelados por su matrícula. Tras una investigación a Aula 20 por posibles vulneraciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor 3 sancionó a la academia preuniversitaria con una multa de 4,95 UIT (equivalente a S/25.492,50) y ordenó la devolución del importe abonado, junto con los intereses correspondientes.
Academia Aula 20 presentó apelación ante Indecopi
El 11 de octubre de 2024, Aula 20 interpuso un recurso de apelación contra la sanción emitida por Indecopi. Si bien no presentó descargos ni explicaciones durante el procedimiento, sostuvo que no se había verificado adecuadamente la veracidad de las cifras promocionadas sobre los ingresantes a la UNMSM. Sin embargo, la academia no formuló ninguna observación respecto a la ausencia de información sobre la lista de ingresantes ni a la entrega del comprobante de pago, omitiendo estos puntos en su pedido de revisión.

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Así, en febrero de 2025, la Comisión de Protección al Consumidor 2, actuando como segunda instancia, anuló parcialmente la sanción relacionada con la falta de verificación de las cifras publicitadas. No obstante, ratificó las otras dos infracciones cometidas por la academia: la falta de información, al no responder adecuadamente los pedidos de información sobre los supuestos ingresantes, y la falta de idoneidad, confirmando que no se entregó el comprobante de pago.

Tras apelación de Aula 20, la Comisión de Protección al Consumidor 2 redujo la multa a S/15.553. Foto: Facebook/ Aula 20
Así, la multa se redujo a 3.02 UIT, equivalente a S/15.553, el pago de costas procesales (S/36) y la inscripción de la empresa en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi. El proceso podría demorar hasta 24 meses si Aula 20 decide recurrir a la vía judicial.
Para obtener mayor información, La República contactó con Aula 20 el miércoles 23 de abril. Sin embargo, después de indicarnos que se comunicarían con el área legal sobre el tema, no hemos recibido una respuesta adicional sobre el caso.

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¿Cuál es la función de Indecopi?
La principal función de INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual) es velar por los derechos de los consumidores, promover una competencia leal en el mercado y proteger la propiedad intelectual. INDECOPI cuenta con 44 sedes a nivel nacional y ofrece atención en Lima a través del número 224-7777, además del número gratuito 0-800-4-4040 para el resto del país.
¿Qué es publicidad engañosa en Perú?
Según Indecopi, la publicidad engañosa se refiere a cualquier forma de comunicación comercial que induzca a error o confusión al consumidor respecto a las características, beneficios o condiciones de un producto o servicio. Dicha práctica está regulada por el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.º 29571).