El juez Richard Concepción Carhuancho ordenó la búsqueda, ubicación y captura nacional e internacional de }e: su hermano mayor Nicanor Boluarte Zegarra, Jorge Luis Ortiz Marreros, Jorge Chingay Salazar y Zenovia Herrera Vásquez.
La orden de captura dirigida contra la Policía Nacional, con carácter urgente y de ejecución inmediata, tiene alcance nacional e internacional, ante la eventualidad de que alguno de ellos haya salido del país en los últimos días.
A partir del viernes 22 de noviembre, a partir de las 10:00 de la mañana, el juez resolverá el pedido de prisión preventiva sobre el abogado Mateo Castañeda y Noriel Chingay. Los hechos que se les atribuye son similares a los cuatro procesados a los que ya dictó prisión preventiva, la diferencia estará en los arraigos y peligros procesales.
El juez dictó la orden de búsqueda y captura al declarar procedente el pedido de la fiscalía para imponer 36 meses de prisión preventiva a Boluarte, Ortiz, Chingay y Herrera como presuntos integrantes de la organización criminal “Los Waikys en la Sombra”, por los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
Juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho
Richard Concepción explicó que decidía imponer la prisión preventiva al hermano de la presidenta para evitar la obstaculización de las investigación y su posible fuga, luego que los elementos presentados por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (Eficcop) establecieran que se cumplían los tres elementos para realizar una investigación con privación de la libertad.
Es decir, la existencia de sospecha grave y fundada de la existencia de una organización criminal que estaría utilizando la función pública en beneficio personal y proselitista para crear el partido político “Ciudanos por el Cambio” con el que se pretendía apoyar el gobierno de Dina Boluarte.
Además, la pena a imponerse superaría los 20 años de prisión y la existencia de indicios consistentes de la existencia de una organización criminal, de actos de obstaculización -destrucción de pruebas e intimidación a testigos- y la posibilidad de que Nicanor Boluarte, utilice su vínculo familiar con la presidenta salir del país.
Precisamente, tal como reportó La República, entre el domingo 17 y lunes 18 de noviembre, Nicanor Boluarte decidió pasar a la clandestinidad y dejó de conectarse de manera virtual a las audiencias públicas, a la vez que cortó comunicación telefónica con sus abogados Luis Vivanco, en el ámbito penal, y Joseph Campos, en el área constitucional.
Dina Boluarte es cuestionada por la clandestinidad de Vladimir Cerrón, a la que ahora se suma su hermano mayor Nicanor.
La orden de detención de Nicanor Boluarte crea un problema político y familiar al gobierno de su hermana Dina y al ministro del Interior, Juan José Santivañez. El presidente del Partido Político Perú Libre, Vladimir Cerrón se encuentra inubicable y con orden de detención desde hace un año, y a partir de ahora, el hermano mayor de la presidenta.
Existe la sospecha de que Cerrón habría logrado escapar utilizando un auto de la presidencia, el famoso “Cofre”. El viernes, en una audiencia judicial, se le habría escuchado a Nicanor Boluarte decir que necesitaba un nuevo vehículo.
“La Policía está en disposición del cumplimiento de su trabajo para cumplir el mandato constitucional que tiene (...) lo que yo puedo garantizar es que la Policía trabaja con idoneidad y trabaja de acuerdo al marco constitucional y nosotros teniendo conocimiento de cualquier tipo de disposición del Poder Judicial, la Policía por mandato constitucional se encuentra en la obligación”, respondió el ministro Santivañez, al ser consultado sobre la situación de la hermano de la presidenta.
Abogado Jhon Campos respaldo la decisión de Nicanor Boluarte de ocultarse y evadir la orden judicial
Tras la decisión judicial, el abogado Jhon Campos criticó la decisión del juez Concepción Carhuancho. Indicó que “es una decisión inconstitucional y que Nicanor Boluarte está protegiendo su libertad al no participar en las audiencias” y pasar a la clandestinidad.
Campos enfatizó que es absurdo que los fiscales pidan tres años para investigar y que un juez se demore cuatro meses y tres audiencias para resolver el pedido de prisión preventiva. Las audiencias para resolver la prisión preventiva comenzaron el 7 de agosto y la lectura de la resolución comenzó el domingo a las 10:00 de mañana y concluyó el martes, a las 5:00 de la tarde.
Lo que se observó y escuchó en las audiencias es que el juez fue muy detallista en la descripción y análisis de cada uno de los indicios presentados por el Eficcop, a través del fiscal Carlos Ordaya, y los descargos de los abogados de la defensa, a partir de lo cual sustentó su decisión.
Para entender todo este debate jurídico debe tenerse en cuenta que al inicio de este caso, el 10 de mayo, el juez ordenó la detención preliminar de Nicanor Boluarte y los otros implicados por un plazo de 15 días, decisión que fue revocada por la Quinta Sala Penal de Apelaciones.
Ese tribunal superior volverá a revisar, en esta oportunidad, la prisión preventiva. Nicanor Boluarte, Jorge Ortiz, Jorge Chingay y Zenovia Herrera apelaron la prisión preventiva.
Por eso, el juez habría sido tan meticuloso en su resolución para evitar otro tropiezo, aunque los abogados señalan que eso, al contrario, demostraría que tiene una opinión formada sobre la responsabilidad del Grupo de Confianza de la presidenta y que lo mejor era que se apartará del caso.
Los jueces han empezado a aplicar las leyes 32108 y 32138 sobre crimen organizado
De otro lado, mientras que Concepción Carhuancho concluía la lectura de la resolución que definía la situación jurídica de Nicanor Boluarte y sus amigos, la Quinta Sala de Apelaciones revocó otra de las detención preliminares dictadas por este juez: el caso de Agustín Lozano y “Los Galácticos del Fútbol”.
En la audiencia del domingo, el juez Concepción reiteró que en base al control difuso convencional no aplicaría las leyes 32108 y 32138 sobre crimen organizado al caso “Los Waikys en la Sombra”, pues entran en colisión con la Convención de Palermo.
Mientras, en el caso Lozano, los jueces de la Quinta Sala de Apelaciones Nacional si aplicaron dicha norma legal, tal como lo ha hecho la Corte Suprema de Justicia, al considerar que no contradice la Convención de Palermo.
Un aspecto central de esas normas es que establece que para la existencia de una organización criminal se requiere que el grupo busque un beneficio económico, a la vez que establece una lista fija de delitos: asesinato, secuestro, extorsión y otra más extensa, para todo delito grave con pena mínima igual o superior a cinco años.
En el caso “Los Waykis en la Sombra” la organización se habría formado para obtener un beneficio político: la construcción de un partido político que dé soporte al gobierno de Dina Boluarte, para lo cual habría cometido delitos con pena mínima inferior a cinco años de cárcel.
Sobre este aspecto, de las tres sesiones que demoró la lectura de la resolución de prisión preventiva, las primeras horas del domingo estuvieron dedicados a establecer los argumentos para apartarse de las leyes 32108 y 32138. Luego, la mayor parte del tiempo, la tarde del domingo y todo el lunes, se utilizó para sustentar los indicios de la existencia de una organización criminal.
Recién el martes el juez entró al tema central para definir una prisión preventiva: la existencia de un riesgo para el desarrollo de la investigación y la posibilidad de fuga.
El juez consideró que estos elementos se daban en el caso de los cuatro procesados antes mencionados, de acuerdo con el sustento de la fiscalía. La Sala de Apelaciones tendrá la oportunidad de revisar todo estos argumentos.
El juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho determinó que el Grupo de Confianza de la presidenta Dina Boluarte persiguió un objetivo lícito: formar un partido político, pero utilizando fines ilícitos: la instrumentalización de los nombramientos de prefectos, subprefectos y cargos en el IPD para llenar las fichas de afiliación.
Igualmente se estableció que los investigados no tienen arraigo domiciliario y laboral de calidad que aseguren su sometimiento a la investigación, a la vez que existe un alto riesgo que pueda fugarse aprovechando sus vínculos con el gobierno de Dina Boluarte.
Nicanor Boluarte no se presentó a las audiencias judiciales del lunes y martes. "La Corte Suprema ha establecido en más de una oportunidad que, si la detención preliminar o la prisión preventiva que dicta un Juez es desproporcionada o innecesaria, el ocultamiento posterior del imputado o su condición de no habido no puede considerarse un comportamiento negativo o que perjudique aún más su situación", recordó el abogado Julio Espinoza Goyena.