
Delia Espinoza, suspendida fiscal de la Nación, brindó sus descargos ante la segunda denuncia constitucional presentada por los congresistas Kira Alcarraz y José Cueto que buscan inhabilitarla por 10 años por abrir investigación contra los congresistas que aprobaron la doble remuneración como parlamentarios y pensión como exmilitares.
"Si bien tienen la atribución constitucional de llevar adelante el antejuicio y juicio político, reitero que tiene que ser con argumentos jurídicos, porque de lo contrario se sigue plasmando una dictadura congresal con un Estado tiránico, despótico y que solamente obedece a sus decisiones personales o de persecución política contra una fiscal que solamente se limitó a hacer su trabajo", expresó Espinoza ante la Comisión Permanente.
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Agregó que la votación de los congresistas para aprobar la normativa fue con intereses particulares. "Cuando se aprueba esto se benefició un grupo muy reducido, básicamente los denunciados y los terceros que les permitieron que se beneficiaran, sin mirar la miseria que ganan muchos pensionistas en el Perú", indicó la fiscal suspendida.
El informe final, sustentado por el parlamentario Jorge Montoya, indicó que Espinoza Valenzuela habría infringido los delitos de abuso de autoridad y prevaricato. "La imputación fáctica que se atribuye a la denunciada consiste en haber emitido la denuncia constitucional 549 contra 11 congresistas", relató Montoya.
Estos once congresistas son acusados de aprobar un dictamen sobre pensiones en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Según el informe, Espinoza vulneró el artículo 93 de la Constitución, que garantiza que los legisladores no son responsables ante ninguna autoridad por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Al intentar perseguir penalmente actos propios de la función legislativa (como la votación de un dictamen), la fiscal habría ignorado esta protección fundamental que sostiene el equilibrio de poderes.
El informe concluye que la denunciada incurrió en una infracción del artículo 45 constitucional, al ejercer sus atribuciones excediendo manifiestamente las limitaciones y responsabilidades legales. Se argumenta que su actuación no solo fue arbitraria, sino que constituyó un "uso desviado del poder" al pretender fiscalizar decisiones adoptadas dentro del ámbito exclusivo del Parlamento. Esta extralimitación es vista como un menoscabo a la seguridad jurídica y a la independencia de los poderes del Estado.

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