
A partir del 13 de agosto del presente año, queda prohibida la venta de todos los productos de vapeo en Panamá, según la resolución No.146 de 31 de enero de 2025, en la cual se prohíbe en su totalidad la publicidad, los productos, dispositivos, cartuchos, entre otras herramientas relacionadas con los cigarrillos electrónicos.
El Ministerio de Salud (Minsa) hace esta reflexión para proteger la salud de los ciudadanos, especialmente de niños, niñas y adolescentes. Además, no solo serán sancionadas las personas que realicen este tipo de actos, sino también a aquellas que lo hagan en lugares donde está prohibido fumar.
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Entre todas las normas que se han hecho en la prohibición del vapeo las que más destaca para los comercializadores y el público son:
Según el Código Sanitario, que fue modificado por la Ley 40 de 2006 y la Ley 13 de 2008, los comercializadores que incumplan las normas serán sujetos a decomisos, clausuras, multas económicas y la destrucción de los productos. Por lo tanto, se recomienda cumplir con lo dispuesto en esta normativa.

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