Cada proceso electoral moviliza a miles de trabajadores que asumen el rol de miembros de mesa y permanecen más de 12 horas cumpliendo una función cívica obligatoria. Sin embargo, el día siguiente a la votación suele abrir una discusión en algunas empresas: ¿el descanso es realmente obligatorio o puede coordinarse?
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859) y las disposiciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), las personas que cumplen con este deber ciudadano tienen derecho a un día de descanso remunerado posterior a la jornada electoral, siempre que presenten la constancia correspondiente. No se trata de una liberalidad del empleador ni de un beneficio sujeto a políticas internas: es una obligación legal.
Negar este derecho no solo expone a la empresa a eventuales sanciones administrativas, sino que puede generar contingencias laborales y afectar su reputación interna, en un contexto donde el cumplimiento normativo es cada vez más observado por los propios colaboradores.
“Este descanso no está sujeto a negociación. Es un derecho reconocido por ley y las organizaciones deben asumirlo como parte de su responsabilidad institucional. Cuando una empresa decide relativizar por razones operativas, el mensaje que transmite es que el cumplimiento legal puede adaptarse a la conveniencia del momento”, aseguró Daniel Abusabal, country manager de Talana en Perú.
Si bien en la práctica algunas compañías coordinan con el trabajador la fecha exacta en la que se hará efectivo el descanso, especialmente en sectores críticos o de operación continua, ello no implica su eliminación.
La norma garantiza el beneficio; la gestión interna puede ordenar su aplicación, pero no suprimirlo.
Más allá del cumplimiento formal, el verdadero desafío para las organizaciones está en cómo incorporan estas obligaciones dentro de su planificación operativa. Los procesos electorales son eventos previsibles; por lo tanto, la gestión adecuada del descanso de miembros de mesa forma parte de una correcta administración de riesgos laborales y continuidad del negocio.
“Las compañías que integran estas variables en su planificación demuestran madurez organizacional. No se trata solo de otorgar un día libre, sino de entender que el cumplimiento normativo y la operación eficiente no son opuestos, sino parte de una misma estrategia de gestión”, finalizó Abusabal.
Las elecciones generales se realizarán este domingo 12 de abril, día en que los ciudadanos acudirán a las urnas para elegir al nuevo presidente de la República, vicepresidentes, congresistas y representantes al Parlamento Andino para el periodo 2026-2031. Este proceso marcará el inicio de una nueva etapa política en el país.
En caso de que ningún candidato presidencial obtenga más del 50% de los votos válidos, se realizará una segunda vuelta electoral el 7 de junio, según el cronograma establecido por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Esta jornada definirá al próximo jefe de Estado entre los dos candidatos con mayor votación en la primera ronda.





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