
Desde el 11 de abril de 2025, el Banco de la Nación inició el pago del Reintegro 3 del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Para acceder a la devolución de aportes, los beneficiarios deben verificar su inclusión en el padrón. Al ingresar a la plataforma oficial, los usuarios pueden consultar una letra que indica el estado de su trámite y el avance en el proceso de verificación.
La letra A hace referencia a los casos en los que el trabajador prestó servicios en empresas que ya no existen y no logró acceder a la jubilación, por lo que debe gestionar una acreditación anticipada de aportes ante la ONP. La letra B indica que la información proporcionada por el empleador está en proceso de verificación, y una vez confirmada, se evaluará su inclusión en el registro.
La letra C señala que el empleador aún no ha enviado la información requerida, por lo que el exaportante debe contactarlo para que remita los datos correspondientes a la Secretaría Técnica. La letra D refleja errores en el formulario 1, lo que obliga al solicitante a realizar las correcciones pertinentes. Finalmente, la letra E informa que la documentación ha sido recibida y se encuentra en análisis para determinar su posible inclusión.
En una entrevista con La República, Luis Luzuriaga, presidente de la Federación de Fonavistas del Perú, informó que los fonavistas con aportes identificados podrían recibir hasta S/11.000, mientras que aquellos con aportes no identificados recibirán un máximo de S/4.680.
El programa Reintegro 3 distribuirá un promedio de S/3.326 por beneficiario, basado en los S/631 millones asignados. Según el Banco de la Nación, las regiones con mayor concentración de beneficiarios serán Lima, Callao, Cusco y Arequipa.
Los fonavistas tienen la posibilidad de verificar su inclusión en las listas de beneficiarios mediante el portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi. Para ello, deben seguir una serie de pasos establecidos que permiten confirmar su situación.
Una vez confirmada su condición de beneficiario, el usuario podrá dirigirse a cualquier sucursal del Banco de la Nación, presentar su Documento Nacional de Identidad y realizar el cobro correspondiente.
De acuerdo con la Resolución Administrativa N.º 009-2025/CAH-Ley N.º 29625, no se ha fijado un plazo límite para recibir el pago de los aportes reconocidos. Esto implica que los beneficiarios que figuran en el padrón oficial aprobado pueden acercarse al Banco de la Nación en cualquier momento, siempre y cuando su estatus en el registro se mantenga activo.
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