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Economía

Utilidades 2024: claves sobre el reparto de dividendos

Actualidad. Arranca el periodo en el que las empresas están obligadas a dar un tajo de su renta neta tras un año de actividades. En la siguiente nota, conoce los detalles detrás de este beneficio amparado en la Constitución.

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Derecho laboral. Las empresas que no depositen oportunamente las utilidades recibirán multas de hasta S/260.023. Foto: difusión

Los trabajadores son los que generan riqueza para una empresa, y dentro de sus derechos está el reparto anual de utilidades, que responde a un porcentaje de las ganancias descontándole inversiones e impuestos, y que avala la Constitución Política.

1. ¿Qué empresas están obligadas a dar utilidades?

Todas las del régimen privado que, por sus actividades, generen rentas de tercera categoría y cuenten con más de 20 trabajadores, según el docente de ESAN Arturo García. El porcentaje aplicable varía de acuerdo al tipo de empresa y rubro en el que se desenvuelvan (ver cuadro).

Para determinar la actividad que realizan las empresas que la distribuirán, se tomará en cuenta la Clasificación Internacional Industrial Uniforme, Revisión 3, salvo ley expresa que dé la contra.

2. ¿Cuáles están exentas de repartirla?

Si bien la participación en las utilidades se realiza a fin de identificar a los trabajadores con la empresa, y busca elevar la productividad con un esfuerzo en sociedad con los empresarios, no todas están facultadas a repartir este incentivo.

Están excluidos del pago las cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles y las que no excedan de 20 trabajadores. En buen cristiano, las microempresas no están obligadas a cumplir con el pago de utilidades, añade García. Las instituciones del sector público, las organizaciones sin fines de lucro y las cooperativas también entran al saco de las exentas.

Además, el académico indica que, lógicamente, si una empresa no cierra el año con utilidades, no tendrá nada que repartir.

En caso que una empresa desarrolle más de una actividad productiva, se considerará como la actividad principal a la que generó mayores ingresos brutos, de acuerdo con la Sunafil.

3. ¿Cómo se calcula la distribución del beneficio?

Sunafil explica que las utilidades para el trabajador se determinan según dos criterios: 50% en función de los días laborados por la persona y 50% en proporción de las remuneraciones de cada uno.

Desde el Gobierno señalan que una parte de las utilidades se estima en base a los días trabajados y se saca un valor promedio generado un día.

Por ejemplo, si el día laboral genera S/3,00 y trabajaste 180 días, se multiplica y de este tramo salen S/540.

Luego está el cálculo por ingresos como trabajador. Se divide el dinero a repartir entre la suma del sueldo de los trabajadores. El resultado se multiplica por todo lo que uno ganó en el año. Ejemplo: si la división arroja 0,02 céntimos y ganaste S/27.000, se multiplican y el producto, también equivale a S/540.

Ambos montos obtenidos se suman y arrojan una utilidad a repartir de S/1.080 para el empleado.

4. ¿A quiénes le corresponde el pago?

Todos los que estén en planilla en una empresa privada, y como se dijo, que genere rentas de tercera categoría y supere los 20 empleados.

Se considerarán días laborados no solo aquellos donde se cumplió la jornada ordinaria, sino también los días de descanso prenatal y posnatal (mujeres). Las ausencias deben ser consideradas como asistencias siempre que respondan a mandatos legales —como licencias sindicales, despido nulo en caso de reposición o lactancia, entre otros—. Los extrabajadores también la reciben conforme las fórmulas citadas.

García puntualiza que un trabajador puede preguntar a su empresa cómo calculó la utilidad.

5. ¿Qué pasa si mi empleador no la deposita?

García recuerda que Sunafil, de verificar que se incumple con dar utilidades a su trabajador, actúa de oficio para sancionarla. Dependiendo de la gravedad y tamaño de la empresa, la multa oscila entre los S/1.138 hasta los S/260.023.

Vale acotar que las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presenten la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. Se generará un cronograma de acuerdo al RUC de la empresa, habitualmente, culmina a mediados de mayo.