Oficializan ampliación de extradición contra alias "El Monstruo": será procesado por extorsión, homicidio y organización criminal
La Resolución Suprema N.° 145-2026-JUS incluye nuevos delitos como organización criminal, homicidio en grado de tentativa y extorsión. El investigado enfrentará un proceso penal en Perú.
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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) oficializó la ampliación de la solicitud de extradición activa de Erick Luis Moreno Hernández, conocido como alias El Monstruo, para que sea trasladado desde Paraguay y afronte un proceso penal en el Perú. La medida fue publicada este domingo en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano mediante la Resolución Suprema N.° 145-2026-JUS.
La disposición incorpora nuevos delitos por los cuales el investigado será requerido por las autoridades peruanas. Entre ellos figuran organización criminal, homicidio en grado de tentativa, lesiones graves seguidas de muerte, lesiones graves y extorsión, conforme a los artículos correspondientes del Código Penal.
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Resolución Suprema autoriza ampliar la extradición de Erick Moreno desde Paraguay
La resolución suprema aprueba la solicitud para ampliar la extradición activa de Erick Luis Moreno Hernández desde Paraguay, con el propósito de que pueda ser sometido a proceso en el Perú por la presunta comisión de nuevos delitos. La medida se sustenta en el requerimiento formulado por las autoridades competentes dentro del procedimiento de cooperación judicial internacional.
El documento precisa que el investigado será procesado por el presunto delito de organización criminal, tipificado en los numerales 317.1, 317.2 y 317.3 del artículo 317 del Código Penal. Asimismo, se incorpora el delito de homicidio en grado de tentativa, previsto en el artículo 106 en concordancia con el artículo 16 del mismo cuerpo normativo.
Alias El Monstruo será procesado en el Perú por organización criminal, extorsión y otros delitos
La ampliación de la extradición también comprende el procesamiento por los presuntos delitos de lesiones graves seguidas de muerte y lesiones graves, contemplados en el artículo 121 del Código Penal, además del delito de extorsión previsto en los numerales 200.1, 200.6 y 200.9 del artículo 200.
La parte considerativa de la resolución señala que la decisión se adopta de acuerdo con el Tratado de Extradición entre Perú y Paraguay, suscrito en 1997, y su Acuerdo Complementario de 2001. También indica que el procedimiento se ajusta a lo establecido en el Código Procesal Penal y en el Decreto Supremo N.° 015-2025-JUS. La norma lleva las firmas del presidente José María Balcázar, del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Jiménez, y del ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Pareja.























