Delia Espinoza: Poder Judicial archiva definitivamente investigación por abuso de autoridad
El juzgado cerró el caso al no recibir apelaciones de la Fiscalía ni de la Procuraduría. La defensa de Delia Espinoza había presentado un recurso de improcedencia. Sustentó que los hechos atribuidos a su patrocinada no constituían un delito.
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El Poder Judicial anuló definitivamente el proceso penal contra la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, en el marco de las investigaciones por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y usurpación de funciones.
El juez supremo Juan Carlos Checkley declaró consentida la resolución de junio pasado en la que se archivó este caso, luego de que la defensa legal de la ex titular del Ministerio Público presentara un recurso de improcedencia. El abogado de la letrada aseguró que las acusaciones contra su patrocinada no constituían un delito.
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El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria decidió cerrar el caso debido a que ni la Fiscalía ni la Procuraduría apelaron el fallo.
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El magistrado Checkley también declaró la sustracción de la materia (archivo) respecto al pedido que formuló la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos el 1 de junio, mediante el cual solicitó el sobreseimiento o archivo de la investigación por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, usurpación de funciones públicas y falsedad genérica.
El caso se centraba en la elaboración y revisión del Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito. Según Espinoza, ella nunca firmó ni aprobó tal reglamento.

Decisión judicial sobre la investigación contra Delia Espinoza
El caso
El proceso penal contra Espinoza se originó a partir de una acusación constitucional impulsada por el Congreso, en la que se le atribuía la presunta comisión de los delitos de prevaricato, abuso de autoridad, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Según el Parlamento, el reglamento denominado "Actuación Fiscal en la Investigación del Delito" habría alterado, en la práctica, los alcances de la Ley 32130, norma que asignó a la Policía Nacional del Perú la conducción de las investigaciones preliminares.
No obstante, el Poder Judicial concluyó que los hechos atribuidos no configuraban un delito. Además, precisó que Espinoza no suscribió ni avaló dicho reglamento, ya que este fue elaborado y aprobado por el entonces fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena.






















