MTC prepublica reglamento para circulación de scooters y monociclos
Sector recogerá las propuestas de la ciudadanía, especialistas y gremios de transportes. Vehículos de movilidad personal solo pueden transitar por la calzada y no por veredas.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó el proyecto del reglamento de circulación de vehículos de movilidad personal (VMP), como scooters o monociclos eléctricos. En este se establecerá las normas, infracciones y sanciones de los conductores.
Según la Resolución Ministerial N.° 127-2021-MTC/01.02, este tipo de vehículos no pueden transitar por la vereda y deben circular únicamente por las ciclovías, calles o jirones, desplazándose siempre por el lado derecho de la calzada.
Solo en el caso de que la calzada o ciclovía se encuentre bloqueada, los conductores de scooters o monociclos podrán utilizar la acera. Sin embargo, deben bajar del vehículo y trasladarse a pie en ese tramo.
La norma también establece que los usuarios de este tipo de transporte deben usar casco en todos sus trayectos y, durante la noche, una prenda retrorreflectante, que también debe ser utilizada “cuando las condiciones meteorológicas disminuyan la visibilidad”.
Dentro de las prohibiciones, se detalla que las personas bajo los efectos del alcohol, estupefacientes y alucinógenos no pueden conducir estas unidades. Caso contrario, pueden recibir sanciones económicas que van desde el 2% de 1 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) hasta el 8% de 1 UIT, para las infracciones muy graves.
¿Cómo enviar sugerencias para el proyecto?
La publicación del proyecto prevé recoger los comentarios, opiniones y sugerencias de ciudadanos, especialistas, gremios de transportistas e instituciones públicas y privadas.
La prepublicación estará disponible por 20 días hábiles en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/l/1707852.